Pisos

20 entradas

El Supremo considera estafa agravada de vivienda las ofertas falsas de pisos en internet

26 de junio de 2024 Jurisprudencia CIBERESTAFA

Es particularmente rechazable que se utilicen estas fórmulas de engaño para conseguir un beneficio económico de quien puede que esté necesitado también de dinero y que carece de inmueble en el que residir, y que por esa necesidad se vea más expuesto a caer en la trampa de personas que ofrecen inmuebles en alquiler que, sin embargo, no disponen de ellos, suponiendo esa conducta y modus operandi una agravación de la estafa  

El permiso municipal para destino turístico de vivienda no beneficia a quien la compró tras prohibir los vecinos esa actividad e inscribirlo en el Registro

Cuando se adquiere una vivienda habilitada como piso turístico con la pertinente autorización administrativa concedida al anterior titular, si la comunidad ha cambiado los estatutos prohibiendo para lo sucesivo el destino turístico de los pisos y ha inscrito la limitación en el Registro de la Propiedad, el nuevo adquirente no podrá ejercitar dicha actividad.  

Aprobada definitivamente la regulación para Viviendas de Uso Turístico en Madrid

01 de abril de 2019 Noticias TURISMO

Establece nuevas condiciones para la implantación del uso del hospedaje en edificios de uso residencial en función de los usos admitidos, nivel de protección del edificio, el uso implantado y la zona de ubicación del edificio. La principal novedad para los nuevos alojamientos turísticos que compartan edificio con otras viviendas de uso residencial, es la exigencia de que cuenten con un acceso independiente.

La comunidad de propietarios no puede prohibir pisos turísticos en el edificio porque no es una actividad contraria a la convivencia

La Audiencia Provincial de Barcelona anula el acuerdo comunitario porque la vivienda en cuestión no es un apartamento de uso turístico sino que la actora reside en ella, siendo su domicilio habitual y su despacho, y en el que de forma temporal y no permanente alquila una habitación. Además, no consta que el título constitutivo prohibiese dicho uso.

Requisitos para la exención del IVA en los alquileres turísticos de viviendas por internet

14 de diciembre de 2017 Noticias PISOS TURÍSTICOS

Cuando el arrendamiento de vivienda con fines turísticos a través de una plataforma telemática de alquileres en internet no va acompañado de la prestación de servicios complementarios propios de la industria hotelera, la operación estará sujeta y exenta de IVA. En cambio, la mediación del portal de internet constituye una operación sujeta y no exenta del impuesto, por la que la entidad mediadora deberá facturar el importe de la comisión, con el tipo impositivo general del 21%. En este sentido se ha pronunciado recientemente la Dirección General de Tributos en su Consulta Vinculante V2545-17, de 9 de octubre de 2017.

Comunidades de propietarios y pisos turísticos, un matrimonio mal avenido

11 de septiembre de 2017 Noticias PISOS TURÍSTICOS

La temporada alta de verano ha llegado a su fin. Uno de los temas de los que más se ha hablado en los medios es el alquiler de viviendas de uso turístico, realizado por particulares que no ejercen actividad económica, en edificios de vecinos al margen de la oferta hotelera. Su uso indiscriminado conlleva en no pocas ocasiones graves molestias para los copropietarios. Hemos recopilado algunas sentencias al respecto para saber cómo ven los tribunales este problema.

La Ley de vivienda de Euskadi establece el sometimiento de la vivienda a su fin social y el derecho subjetivo al acceso a la misma

06 de mayo de 2015 Noticias País Vasco

El Parlamento vasco aprobará en los próximos meses, con el apoyo de PSE, EH Bildu y UPyD, una Ley de Vivienda que reconoce el derecho a la vivienda como un derecho subjetivo exigible ante la Administración y los tribunales de justicia. El texto prevé también penalizar con un canon y el alquiler forzoso para pisos vacíos.

El TS fija doctrina sobre el derecho a la retribución pactada por la mediación en la venta de un piso

El TS fija como doctrina jurisprudencial que el mediador encargado de la venta de una vivienda tiene derecho a la retribución íntegra de la comisión pactada cuando su gestión resulte decisiva o determinante para el "buen fin" o "éxito" del encargo realizado, con independencia de que la venta se lleve a cabo por el oferente sin su conocimiento y del precio final que resulte de la misma.