Reconvención

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Indemniza con 66.000 euros a una clienta por no pedir a tiempo pensión compensatoria en un divorcio

El abogado condenado contestó a la demanda de divorcio fuera de plazo, por lo que no pudo solicitar una pensión compensatoria para su clienta de 1.200 euros mensuales. La Audiencia de Cantabria confirma la cuantía de la indemnización porque estima como “muy probable” la concesión de esta pensión si se la hubiera presentado a tiempo.

No procede pensión compensatoria tras un período prolongado de cese de la convivencia sin reclamación entre los cónyuges.

06 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Pensión compensatoria

No procede el reconocimiento de la pensión tras períodos prolongados de cese de la convivencia sin que entre tanto mediara reclamación entre los cónyuges. Por otro lado, es válida la solicitud de pensión compensatoria mediante reconvención implícita (no expresa) en la contestación a la demanda de divorcio.

No procede pensión compensatoria tras un período prolongado de cese de la convivencia sin reclamación entre los cónyuges.

06 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Pensión compensatoria

No procede el reconocimiento de la pensión tras períodos prolongados de cese de la convivencia sin que entre tanto mediara reclamación entre los cónyuges. Por otro lado, es válida la solicitud de pensión compensatoria mediante reconvención implícita (no expresa) en la contestación a la demanda de divorcio.

No procede pensión compensatoria tras un período prolongado de cese de la convivencia sin reclamación entre los cónyuges.

06 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Pensión compensatoria

No procede el reconocimiento de la pensión tras períodos prolongados de cese de la convivencia sin que entre tanto mediara reclamación entre los cónyuges. Por otro lado, es válida la solicitud de pensión compensatoria mediante reconvención implícita (no expresa) en la contestación a la demanda de divorcio.

La reconvención y su relación con determinadas causas de oposición al pago.

Uno de los motivos recurrentes que se encuentra detrás de la negativa al pago de determinados bienes y servicios, en el tráfico mercantil, es el incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del acreedor y prestador del servicio y/o proveedor del bien, o la existencia de un crédito compensable, ya sea dicha compensación legal o judicial.La forma de articular jurídicamente tales motivos de oposición plantea en la práctica procesal la duda de cuándo es necesario instar una reconvención y cuándo no será exigible al demandado que lo haga.

Apuntes sobre la supuesta necesidad de interponer demanda reconvencional para el ejercicio de la exceptio non rite adimpleti contractus.

Es frecuente encontrar en la práctica forense e incluso en alguna jurisprudencia de Audiencias Provinciales la afirmación de que sólo sepuede alegar la excepción de non rite adimpleti contractus por la vía reconvencional. Esto es, que en un arrendamiento de obra, si el contratista demanda al comitente paraque le pague el precio de la obra y éste quiere oponerse alegando que la obra no se ha ejecutado correctamente, tiene,necesariamente, que articular su defensa a través de una demanda reconvencional.

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