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I Foro de Innovación Pública.La Administración Pública como impulsora de la digitalización de la sociedad

10 de octubre de 2016 Noticias

Cerca de 200 profesionales participaron en este encuentro organizado por Wolters Kluwer y ABSIS en torno al papel estratégico de la Administración Electrónica en los ayuntamientos del siglo XXI con motivo del cambio de paradigma que supone la entrada en vigor de las Leyes 39 y 40/2015, que obligan a todas las administraciones a relacionarse con los ciudadanos por vía telemática.

El CGPJ convoca los Premios Calidad de la Justicia para reconocer los mejores proyectos sobre este servicio público

El Consejo General del Poder Judicial ha convocado una nueva edición de los Premios Calidad de la Justicia, con los que se reconoce a órganos judiciales y otros organismos relacionados con la administración de Justicia, por su trabajo a favor de mejorar la calidad del servicio público mediante buenas prácticas de gestión.

El TS clarifica el carácter de los honorarios de la administración concursal y su orden de prelación

Los honorarios de la administración concursal solo se consideran créditos imprescindibles contra la masa, cuando respondan a actuaciones estrictamente necesarias para obtener numerario y gestionar la liquidación y el pago. Por ello, el resto de honorarios de la administración concursal se incardinarán en el concepto de «demás créditos contra la masa» del art. 176 bis 2, 5.º de la Ley Concursal. La Asociación de Administradores Concursales considera que esta sentencia les discrimina al darles un trato distinto al de otros profesionales inmersos en procesos de insolvencia.

TS: no se aprecia la agravante de parentesco entre dos hermanos cuya relación personal está rota y se encentran enemistados

La circunstancia agravante de parentesco no es aplicable cuando la relación entre agresor y ofendido se encuentra rota por ausencia de intereses comunes más o menos intensos, existiendo enemistad, intereses contrapuestos y cualquier otra razón origen de distanciamiento entre los sujetos activo y pasivo del delito.

Obligación de denunciar versus prueba de cargo de la víctima en los delitos de violencia de género

Este artículo reflexiona sobre el conflicto existente entre la conciencia colectiva que anima a las víctimas de violencia de género a denunciar y la frustración en cuanto a expectativas que pueden tener muchas mujeres que sufren una situación de maltrato en sus relaciones con la administración de justicia. Asimismo se hace un análisis sobre la errónea creencia social de que la ley es injusta, pues por el mero hecho de que una mujer presente una denuncia por violencia de género, se supone que siempre sale victoriosa en el subsiguiente proceso penal.

El TC aclara su doctrina en relación con el uso de cámaras de videovigilancia en la empresa

La utilización a la entrada de un centro de trabajo del distintivo "Zona videovigilada" regulado por la Instrucción 1/2006 de la AEPD , supone que el trabajador podía conocer la existencia de las cámaras y la finalidad para la que habían sido instaladas, por lo que cumple con la obligación de la empresa de informar previamente al trabajador de la instalación de dichos sistemas de vigilancia.

TS: la guarda y custodia compartida es incompatible con la condena de uno de los cónyuges por un delito de amenazas en el ámbito familiar

09 de febrero de 2016 Jurisprudencia Custodia compartida

El régimen de guarda y custodia compartida requiere que entre los padres exista una relación de mutuo respeto en sus relaciones personales que permita la adopción de actitudes y conductas que beneficien al menor, lo que no sucede cuando una injustificable condena por un delito de violencia de género aparta al padre del entorno familiar y de la comunicación con la madre, lo que van a imposibilitar el ejercicio compartido de la función parental adecuado al interés de sus dos hijos.

TS: Los celos no justifican la aplicación de la atenuante de arrebato u obcecación

04 de enero de 2016 Jurisprudencia Atenuantes

El TS reitera que los celos no pueden justificar la atenuante de obrar por un impulso de estado pasional, pues salvo los casos en que tal reacción tenga una base patológica perfectamente probada, las personas deben comprender que la libre determinación sentimental de aquellas otras con las que se relacionan no puede entrañar el ejercicio de violencia alguna en materia de género. Los presupuestos de la atenuación deben ser lícitos y acordes con las normas de convivencia.

Los abogados González-Coria, De Santiago y Corrochano, inauguran un despacho jurídico-económico

16 de noviembre de 2015 Noticias

Manuel González-Coria Domínguez y Enrique de Santiago Herrero, socios de dos de los bufetes jurídicos más relevantes de Salamanca y corresponsables del área jurídica, y Fernando Corrochano Camacho como responsable del área económica, inauguran en Madrid un despacho especializado en servicios de Valor Añadido para la empresa relacionados con su desarrollo estratégico, contando además con servicios específicos para Entidades de Capital Riesgo.

La libertad de expresión cobra mayor peso cuando se informa sobre temas relacionados con la corrupción

03 de noviembre de 2015 Jurisprudencia Libertad de expresión

Según el TS, es incompatible con la libertad de prensa impedir que se formulen razonadamente conjeturas sobre un asunto de relevancia pública, porque la libertad de expresión adquiere mayor peso cuando se informa sobre temas de corrupción, sobre todo cuando los sujetos implicados ocupan o han ocupado cargos públicos; pues, en tales casos, la comunicación pública de hechos noticiosos o la expresión de una opinión crítica al respecto es, además de lícita, necesaria para hacer efectivo.

Los clientes de banca pueden demandar colectivamente a su entidad por incumplimiento de sus obligaciones contractuales

Según la Sala, lo determinante en estos casos no es si existen o no diferentes relaciones jurídicas con algunos aspectos diferenciales, sino si existe una conexión entre las cuestiones controvertidas objeto de las acciones acumuladas en su aspecto fáctico con relevancia respecto de las pretensiones ejercitadas, que justifique el conocimiento conjunto de las acciones ejercitadas y evite de este modo la existencia de sentencias injustificadamente discordantes.