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El acogimiento familiar de personas mayores, un instrumento muy útil contra la soledad no deseada pero poco conocido

21 de junio de 2024 Noticias PERSONAS MAYORES

La necesidad de acompañamiento de las personas mayores de 65 años que no quieren estar solas y el marco legal y fiscal del acogimiento han protagonizado el último encuentro de Jubilare, la Comisión Científica constituida por el Colegio de Registradores de España para fomentar el debate sobre el envejecimiento activo y el talento sénior y para combatir el edadismo desde un punto de vista positivo y optimista

¿Cómo se calcula el complemento de maternidad cuando existe prestación previa de incapacidad permanente en grado de gran invalidez?

La pensión de incapacidad permanente absoluta y el complemento de gran invalidez son conceptos autónomos. Uno se abona para compensar al trabajador por la pérdida de ingresos que sufre al tener que abandonar toda actividad laboral y el otro para que el pensionista pueda remunerar el trabajo que realiza la persona que le debe atender en el día a día

El acogimiento familiar de las personas mayores como solución a la soledad no deseada

04 de junio de 2024 Noticias PERSONAS MAYORES

El acogimiento familiar de personas mayores se presenta como una posibilidad para dar respuesta no solo a las necesidades de asistencia personal y material de estas, sino, y probablemente de modo principal, para paliar el problema de la soledad a la que algunas de ellas se ven abocadas. El camino para la implantación de esta figura ya se ha iniciado en España con determinadas actuaciones a nivel autonómico y con algunas normas civiles que regulan detalladamente el acuerdo entre las partes. No obstante, es una posibilidad que podría extenderse de modo más general, como ya sucede en otros países.

Sanción a letrado por vulnerar gravemente su deber de confidencialidad de las comunicaciones al presentar a un procedimiento judicial correos electrónicos remitidos por el letrado de la parte contraria sin autorización

03 de junio de 2024 Jurisprudencia ABOGADOS

Cualquier tipo de comunicación entre profesionales de la Abogacía, recibida o remitida, está amparada por el secreto profesional, no pudiendo ser facilitada al cliente ni aportada a los Tribunales ni utilizada en cualquier otro ámbito, salvo autorización expresa del remitente y del destinatario, o, en su defecto, con autorización de la Junta de Gobierno, por causa grave y previa resolución motivada con audiencia de los interesados