El juzgado de lo Penal nº14 de Madrid ha condenado a un conductor como autor responsable de un delito de lesiones por imprudencia grave y a su aseguradora a pagar una indemnización de más de tres millones de euros a una mujer que fue atropellada en un paso de peatones señalizado.
Los hechos
Según relata la sentencia, los hechos ocurrieron el 14 de septiembre de 2016 cuando la víctima, una empleada del hogar, se dirigía a buscar al bebé de su empleadora. En ese momento, el acusado atropelló a la víctima en un paso de peatones debidamente señalizado. Por el impacto, la afectada salió despedida, desplazándose 17,8 metros desde el punto del atropello, sufriendo traumatismo craneoencefálico severo, traumatismo ortopédico con múltiples fracturas en zona pélvica y con resultado final de tetraparesia espástica muy grave. Dichas lesiones están valoradas en 99 puntos de 100 que contempla el baremo de daño corporal.
Además de las secuelas físicas, la víctima necesita ayuda de terceras personas para la realización de cualquier actividad y precisa, para mantener su estabilidad y evitar empeorar su estado, de asistencia sanitaria futura, así como tratamiento médico rehabilitador domiciliario y ambulatorio. Asimismo, es necesario adaptar la vivienda a sus necesidades y aparatos técnicos y de apoyo. Tiene limitada la libertad deambulatoria y precisa de silla de ruedas para exteriores y distancias largas y andador.
Antes del accidente, la víctima trabajaba como empleada de hogar, empleo que ya no podrá realizar al haber sido declarada en situación de gran invalidez, que le da derecho a percibir una pensión mensual de 1.528,99 euros.
Sentencia y condena
El conductor responsable ha sido condenado a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotores por tiempo de seis meses. Además de la indemnización en concepto de responsabilidad civil, conjunta y solidariamente con la entidad aseguradora.
La sentencia no solo establece los gastos por daño físico y psicológico de la víctima, sino los gastos ocasionados durante la convalecencia, así como el lucro cesante de la lesionada. Asimismo, la aseguradora también se ha hecho cargo de los gastos de transporte y alojamiento de los familiares que se desplazaron desde Honduras a Madrid durante su ingreso.
En cuanto a la ayuda por tercera persona, frente a la petición de la acusación particular de 20 horas diarias, la sentencia solo reconoce 13 horas y media "la objetivación en la valoración del daño supone que se indemniza conforme a las reglas y límites establecidos en el sistema, por lo que no pueden fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos de los previstos en él". Por tanto, el juzgado solo puede tener en cuenta las reglas establecidas para la fijación de horas de ayuda teniendo en cuenta el baremo, y no las precisiones del perito.
Pese a la elevada indemnización fijada por el juzgado, Manuel Castellanos Piccirilli, fundador-director del despacho MCP Abogados especializado en reclamaciones por accidentes, presidente de ANAVA-RC (Asociación Nacional de abogados de víctimas y responsabilidad civil) y letrado de la víctima, ha anunciado que recurrirá el fallo. A su entender, se ha demostrado “la situación de dependencia que hay por parte de mi representada”. “Queda claro que esta persona necesita cuidados de terceras personas las 24 horas”, afirma. Por lo que, se generaría un problema si la indemnización que se concediera “fuera consumida por su insuficiencia y la víctima se quedase sin recursos para poder hacer frente al gasto sanitario que requiere en un futuro a largo plazo".