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23/03/2022 16:16:04 REDACCIÓN CULTURA 5 minutos

Real Decreto 210/2022: así funciona el Bono Cultural para jóvenes de 18 años

Los beneficiarios recibirán 400 euros a repartir en diferentes sectores culturales

Real Decreto 210/2022: así funciona el Bono Cultural para jóvenes de 18 años

Pistoletazo de salida para el nuevo Bono Cultural Joven, del que se beneficiarán todos aquellos que cumplan 18 años durante este año 2022. El Real Decreto 210/2022, aprobado este martes 22 de marzo por el Consejo de Ministros, permite recibir 400 euros durante un año para gastar en tres modalidades diferentes: eventos, productos físicos y consumo digital. Se prevé que estas ayudas lleguen a 500.000 personas, aunque no serán efectivas hasta que se abra la convocatoria para que las entidades culturales se adhieran y los interesados puedan presentar su solicitud.

Este Bono Cultural busca facilitar el acceso universal y diversificado de las personas jóvenes a la cultura, generar nuevos hábitos de consumo cultural y afianzar los existentes, crear nuevos públicos, estimular la demanda y reducir el impacto negativo causado por la pandemia en los diversos sectores culturales en nuestro país.

El hecho que el gasto público derivado de la presente ayuda no se concentre en un único sector cultural, tiene como fin que se distribuya y diversifique entre distintos ámbitos, entre los que figuran productos y actividades culturales tradicionales y otros emergentes, y priorizando aquellos especialmente dañados por las consecuencias de la pandemia.

Cuantía

Las ayudas concedidas por una sola vez a través del Bono Cultural Joven tendrán un importe máximo de 400 euros por beneficiario.

Cuando alguna de las actividades o gastos superase bien la cuantía total del Bono, o bien alguno de los límites, el beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.

Los productos que se adquieran podrán ser cambiados, si la entidad adherida lo autoriza, por un producto de igual o superior precio con los límites, pero en ningún caso podrá solicitarse la devolución del dinero.

Las compras de productos culturales en soporte físico deberán ser recogidas de forma presencial por el beneficiario en la entidad que haya realizado la venta, no siendo posible el envío a domicilio o a puntos de entrega, a excepción de suscripciones a periódicos o revistas.

Los gastos subvencionables con cargo al bono relativos a suscripciones a plataformas musicales, audiovisuales o de videojuegos, estarán limitados a un máximo de cuatro meses, sin perjuicio de las ofertas comerciales que las plataformas puedan hacer a los beneficiarios para extender esta duración.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas del Bono Cultural Joven los jóvenes que cumplan dieciocho años durante el año 2022 y tengan la nacionalidad española o residencia legal en España, así como personas que sean solicitantes de asilo o de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

Actividad y gastos subvencionables

- Artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.

- Productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.

- Consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (podcasts), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.

No será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía. Asimismo, no será subvencionable la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto.

Cualquier administración pública, en ejercicio de su autonomía y competencias, tiene plena capacidad para decidir libremente qué sectores o actividades de utilidad pública o interés social fomenta y a través de qué instrumento o actuación, no estando, por tanto, obligada a subvencionar todos los sectores en todos los instrumentos que desarrolle.

Procedimiento

Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, a través de la aplicación informática específica para la gestión del Bono Cultural Joven, en el plazo que establezca la correspondiente convocatoria, no pudiendo ser superior a seis meses, y se tramitarán siguiendo el orden riguroso de presentación.

Pago y justificación

Una vez concedida la ayuda al beneficiario y con anterioridad a la realización de la actividad subvencionada se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjetas prepago virtuales.

La justificación de la actividad subvencionada se documentará mediante los justificantes de gasto registrados en el sistema electrónico de pago utilizado.

 

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