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19/06/2015 14:42:35 Competencia desleal 3 minutos

Un Juez plantea como cuestión prejudicial al TJUE si el servicio que presta Uber supone una competencia desleal para los taxistas

El TJUE deberá decidir sobre si la entidad demandada desarrolla una actividad que debe catalogarse como un servicio de transporte o como un servicio propio de la sociedad de la información, y si, por tanto, es susceptible de vulnerar las normas sobre competencia española.

El magistrado del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para determinar si el servicio que presta Uber supone una competencia desleal a los taxistas, como alegó la asociación profesional Élite Taxi en una demanda presentada en octubre del año pasado.

Se da la circunstancia de que el magistrado titular del Juzgado, José María Fernández Seijo, es el mismo que elevó una cuestión prejudicial sobre el proceso de ejecución hipotecaria española que fue respaldada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En la providencia, consultada por Europa Press, considera que debe realizarse una indagación de naturaleza jurídica para calificar la naturaleza del servicio que desarrolla Uber, para saber si debe catalogarse como un servicio de transporte o como un servicio propio de la sociedad de la información, para lo que considera "imprescindible" plantear la cuestión al tribunal europeo.

"Para determinar si la entidad demandada desarrolla un comportamiento susceptible de vulnerar las normas sobre competencia española, considero necesario determinar si requiere o no previa autorización administrativa", señala, y añade que esta autorización dependerá de la naturaleza de los servicios que realiza.

Esta decisión llega tres semanas después de la vista oral, que tuvo lugar el 28 de mayo en la Ciudad de la Justicia, tras la demanda de juicio ordinario instada por Élite Taxi en octubre del año pasado.

Necesidad de obtener respuesta válida para todos los ámbitos del derecho de competencia

Ha manifestado la necesidad de obtener una respuesta del tribunal europeo "que no sólo sea válida en el ámbito de contencioso-administrativo, sino también en el ámbito civil o mercantil del derecho de competencia".

Previamente, el juez da un plazo de cinco días a las partes para que puedan hacer alegaciones sobre su decisión de plantear la cuestión en Europa.

Existencia de un debate jurídico

La polémica en torno a la legalidad de Uber surge por dos posibles interpretaciones sobre su naturaleza jurídica: ¿Es una plataforma que pone en contacto a particulares o una compañía transportista?

La compañía estadounidense se define como una empresa de tecnología que ofrece soluciones inteligentes para la movilidad urbana con el objetivo de poner en contacto a particulares con otros particulares para un beneficio mutuo.

Existe pues un debate jurídico de fondo sobre si la empresa que presta sus servicios conforme a un modelo de economía colaborativa, pues entre los conductores y Uber no existe un contrato mercantil, sino que se firma un acuerdo de colaboración, o bien es una empresa de transportes que debería estar sujeta a La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Esta ley exige a estas empresas la obtención de una autorización administrativa y prevé una serie de sanciones en caso de incumplimiento.

Comisión europea

La Comisión Europea, aunque admite que esta materia es competencia de los estados, ha manifestado que no está a favor de la prohibición de este tipo de plataformas y solicita a los estados que creen un marco regulatorio claro. Por el momento, los países europeos donde actúa Uber están optando mayoritariamente por la vía de la prohibición y la sanción. (EUROPA PRESS)

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