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15/07/2015 11:33:14 Reforma Ley General Tributaria 9 minutos

El Congreso aprueba la reforma de la Ley General Tributaria y la norma que dará acceso a determinada información contendida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal

La Comisión de Hacienda del Congreso ha aprobado este martes, con los únicos votos del PP, la reforma de la Ley General Tributaria y el proyecto de ley que permitirá publicar el listado de morosos y defraudadores de la Hacienda pública.

La sesión plenaria del martes 7 de julio en el Congreso se cerró con la aprobación del Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y del Proyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.

Los 'populares' no han aceptado enmiendas de la oposición en ninguno de los dos textos, lo que ha llevado a todos los grupos parlamentarios a rechazar la reforma de la Ley General Tributaria. En el caso de la norma para publicar sentencias fiscales, los socialistas y los nacionalistas catalanes se han abstenido mientras que la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) y UPyD han votado en contra.

Así las cosas, ambas normas han salido adelante con los únicos votos del PP. La Ley General Tributaria pasará ahora directamente al Senado para continuar con su tramitación, mientras que el proyecto de ley de publicación de sentencias fiscales, al tener carácter orgánico, deberá ser debatida de nuevo por el Pleno del Congreso, lo que sucederá este mismo jueves. Posteriormente, se remitirá a la Cámara Alta.

Acceso a datos de condenados por delito fiscal.

Recordamos que en Noticias Jurídicas nos hicimos eco de la aprobación del Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con el objetivo fundamental de potenciar la lucha contra el fraude. En este sentido, y al mismo tiempo, y de acuerdo con el Consejo de Estado, se  tramitaba el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal para permitir la publicación parcial de las sentencias condenatorias firmes por delitos contra la Hacienda Pública y a los de insolvencia punible y de contrabando en los que sea acreedor o que se produzcan con perjuicio a la Hacienda Pública, admitiendo en estos supuestos el acceso público a determinados datos personales del condenado o del responsable civil.

No ha estado exenta de polémica y debate parlamentario la aprobación de este Proyecto de Ley Orgánica, a través del cual se añade un nuevo artículo 235 ter en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con la siguiente redacción:

«1. Es público el acceso a los datos personales contenidos en los fallos de las sentencias firmes condenatorias, cuando se hubieren dictado en virtud de los delitos previstos en los siguientes artículos:

a) Los artículos 305, 305 bis y 306 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

b) Los artículos 257 y 258 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, cuando el acreedor defraudado hubiese sido la Hacienda Pública.

c) El artículo 2 de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, siempre que exista un perjuicio para la Hacienda Pública estatal o de la Unión Europea. »

Oportunidad perdida.

El portavoz socialista de Hacienda, Pedro Saura, cree que esta reforma "parcial" es una "oportunidad perdida" porque no ataja el gran problema del sistema tributario español, que es que los "muy altos tipos" no garantizan una recaudación acorde, algo que es culpa de la lucha contra el fraude y la caída de la conciencia fiscal a resultas de la "impunidad de los grandes defraudadores" y de "uno de los errores políticos más grandes de este siglo": la 'amnistía fiscal' de la que se han beneficiado excargos del PP, tal y como ha recordado.

Por eso, la negativa del Gobierno a publicar los nombres de los beneficiarios lleva a los socialistas a oponerse a esta reforma, al igual que a la norma para desvelar los nombres de defraudadores y morosos condenados en firme fundamentalmente porque permite que quienes tienen dinero para pagar la multa no figuren en dichos listados, en lo que constituye un nuevo ejemplo de privilegio para las clases altas tras una legislatura de subidas fiscales a los trabajadores.

Por su parte, el diputado de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) Ricardo Sixto cree que el proyecto de ley de reforma de la Ley General Tributaria incluye "mejoras técnicas" que, sin embargo, "no resultan suficiente" para resolver los problemas fiscales de España.

Falta proporcionalidad.

El portavoz económico de UPyD, Rafael Calduch, cree que la reforma de la Ley General Tributaria está pensada únicamente para "facilitar el trabajo a los inspectores de Hacienda" incluso a costa de las "garantías básicas" del ciudadano, que "sistemáticamente se laminan" hasta dejarlas en "una posición de indefensión, rallando en violación de derechos fundamentales" o incluso "dificultando el cumplimiento de las obligaciones tributarias".

"Se ha hecho una reforma con una concepción exclusivamente patrimonialista de la Agencia Tributaria como servicio de recaudación del Gobierno de turno en lugar de entenderla como un instrumento para recaudar los recursos necesarios para prestar servicios al ciudadano", ha insistido. Con respecto a la ley para publicar la lista de morosos y defraudadores fiscales, la formación magenta comparte su necesidad aunque considera que debe tenerse en cuenta el "criterio de proporcionalidad" introduciendo matices al texto.

Por los nacionalistas catalanes, Toni Picó (UDC) ha señalado que los tres objetivos principales de sus enmiendas pasan por "preservar los derechos del contribuyente, reducir la litigiosidad y garantizar la seguridad jurídica", principios que no se garantizan en el proyecto de ley porque se "otorga a la Administración tributaria un poder excesivamente desproporcionado y discrecional".

Con respecto a la ley de publicación de sentencias fiscales, Picó reconoce que es "necesaria", sobre todo por sus efectos disuasorios, pero considera que debería ser el juez el que decidiera caso a caso cuándo concurren las circunstancias precisas que justifiquen la publicación de esas condenas condenatorias.

Broche a la lucha contra el fraude.

El 'popular' Fernando López Amor ha recordado que esta reforma "parcial" de la Ley General Tributaria sirve de "broche definitivo" para "culminar la batería de medidas legislativas aprobadas esta legislatura para combatir el fraude fiscal" de forma "más efectiva, un objetivo por el que el Ejecutivo del PP ha "luchado como no había luchado ningún Gobierno desde la Constitución de 1978" con la vista puesta en "hacer efectivo" el principio de progresividad e igualdad entre contribuyentes.

En este punto, ha definido la reforma como "avanzada" e "imbuida de la lucha contra el fraude" y ha criticado la indefinición del PSOE. "Nadie en este país sabe qué piensan", ha añadido, afirmando que este cambio se hace "por convicción pero también por necesidad" ante la caída de recaudación durante la crisis.

Por su parte, la portavoz de Hacienda del PP en el Congreso, Ana Madrazo, ha coincidido en que la norma de publicación de sentencias fiscales, junto con la reforma de la Ley General Tributaria, "culminan todo el empeño del Gobierno en la lucha sin cuartel contra el fraude" y supone un "claro exponente de la valentía, la contundencia y el carácter absolutamente innovador de las herramientas puestas al servicio" de ese fin.

"La sociedad tiene derecho a conocer quiénes son los que no pagan religiosamente sus impuestos como exige la Constitución", ha insistido, señalando que el listado funcionará de "herramienta disuasoria" ante las "tentaciones de defraudar". Finalmente, ha criticado a los socialistas por "negarse a arrimar el hombro" durante toda la legislatura, con la única estrategia de "atacar" al Gobierno, y ha reprochado que rechacen la publicación del listado de defraudadores que han reclamado a lo largo de los tres últimos años y medio.

De hecho, ha acusado al PSOE de llegar incluso a "perjudicar los intereses de España si hace falta" con el único objetivo de "desgastar al Gobierno del PP", como ha sucedido, ha dicho Madrazo, con el nombramiento del ministro de Economía, Luis de Guindos, presidente del Eurogrupo, votación que perdió este lunes frente al holandés Jeroen Dijsselbloem.

La Agencia Tributaria podrá ceder datos de contribuyentes para localizar bienes embargados por un juez

La Agencia Tributaria (AEAT) podrá ceder datos fiscales de los contribuyentes si sirven para localizar bienes embargados o decomisados en un proceso penal, en lo que supone una nueva excepción a la regla general de reserva, que el Congreso ha introducido este martes en la reforma de la Ley General Tributaria (LGT).

Gracias a esta modificación, el listado de excepciones se ampliará a trece, reconociéndose así a la Agencia la posibilidad de ceder datos, informes o antecedentes a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos para la "localización de bienes embargados o decomisados en un proceso penal, previa acreditación de esa circunstancia".

Obligará a los ciudadanos a identificar su residencia fiscal ante los bancos donde tengan sus cuentas

Por otra parte, se añade una apartado nuevo a la Ley General Tributaria para trasponer la directiva de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, que prevé la obligación de las instituciones financieras de identificar la residencia de quienes tengan la titularidad o controlen determinadas cuentas financieras, y de trasladar dicha información a la Administración tributaria.

De este modo, la normativa nacional obligará a los ciudadanos a identificar su residencia fiscal ante los bancos donde tengan sus cuentas, aunque se deja al desarrollo reglamentario la determinación de las obligaciones exactas de identificación de residencia, el suministro de información o la diligencia debida.

Además, aunque las infracciones y sanciones para esta obligación serán las recogidas con carácter genérico en la Ley, se incluyen dos supuestos infractores graves nuevos: no identificar la residencia fiscal, que se sancionará con una multa fija de 200 euros, y dar al banco datos falsos, incompletos o inexactos, que estará multado con 300 euros.

No obstante, quienes abran una cuenta financiera a partir del 1 de enero de 2016 estarán obligados a identificar directamente su residencia fiscal en un plazo de 90 días, so pena de no poder realizar cargos, abonos ni cualquiera otra operación hasta no cumplir con este mandato.

En el caso de cuentas abiertas durante 2015 respecto de las que a 1 de enero de 2016 no se hubiese aportado la información, quedarán bloqueadas para cualquier operación si no se sustenta la falta de datos en un plazo máximo de 60 días.

Por otra parte, las entidades financieras deberán conservar toda esta documentación durante cuatro años después de cerrarse la cuenta financiera para que la Administración tributaria la pueda consultar. Asimismo, los bancos habrán de informar a las personas físicas objeto de esta normativa de que la información sobre sus cuentas será comunicada a la AEAT y al estado miembro donde tenga el domicilio fiscal. (EUROPA PRESS)

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