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04/03/2016 13:15:43 Incidente de ejecución TC 3 minutos

El TC admite por primera vez a trámite un incidente de ejecución por incumplimiento de una sentencia suya anterior

La creación de una Comisión de Estudio del Proceso Constituyente en Cataluña ha provocado el primer incidente por claro incumplimiento de la Sentencia del TC que declaró inconstitucional la denominada resolución independentista.

El Pleno del TC ha admitido a trámite por unanimidad el incidente de ejecución de sentencia, formulado por el Gobierno de la Nación, contra la decisión del Parlamento de Cataluña de crear una Comisión de Estudio del Proceso Constituyente.

La impugnación se fundamenta en que la resolución aprobada por el Parlament tiene un "objeto coincidente" con la denominada resolución independentista que salió adelante en noviembre "sobre el inicio del proceso político en Catalunya como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015", que es la que fue ya anulada por este órgano, lo que supone un claro incumplimiento de la sentencia por la que el pasado 2 de diciembre declaró inconstitucional la denominada resolución independentista.

La decisión ha sido adoptada por el Pleno tras recibir las alegaciones formuladas por el Ministerio Público y por el Parlamento de Cataluña.

En una providencia notificada a las partes, se señala que los magistrados resolverán sobre el fondo de este incidente de ejecución de sentencia tras haber recibido las alegaciones que hace unos días emitieron tanto el Parlament como la Fiscalía.

Reforma TC

Recordamos que este indicidente se introdujo en la reforma del TC por la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho.

Argumentaciones de la Fiscalía

El 25 de febrero la Fiscalía instó al Tribunal de Garantías en estas alegaciones a que advierta a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, de las consecuencias derivadas de no cesar su actividad en la Comisión de Estudios.

Las argumentaciones de la Fiscalía son coincidentes con las de la Abogacía del Estado, que presentó el incidente de ejecución de sentencia solicitando que la comisión del proceso independentista se tenga por "nula sin efecto jurídico alguno" puesto que contraviene lo ordenado por este órgano el pasado 2 de diciembre, cuando declaró inconstitucional la resolución independentista aprobada por el Parlament.

Escrito de la Abogacía

La Abogacía también instaba al TC a requerir la presidenta del Parlament, Carme Forcadell y a los miembros de la citada Comisión parlamentaria para que "se abstengan de la realización de cualesquiera actuaciones tendentes a poner en funcionamiento o dar continuidad a los trabajos de la Comisión". A esta petición se une ahora la Fiscalía en sus alegaciones, según las mismas fuentes.

En su escrito, la Abogacía también aludía a un punto de la última reforma del TC --dirigida a mejorar su capacidad respecto de la ejecución de las sentencias-- en el que se señala que el TC podría también declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan aquellas que ha dictado con anterioridad, como es el caso, "previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó" (artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)).

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