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24/11/2016 10:20:24 CFH Derecho Civil sobre robótica 5 minutos

El Parlamento Europeo presenta unas recomendaciones sobre normas de Derecho Civil sobre robótica

La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo ha propuesto a la Comisión de Asuntos Jurídicos la aprobación de una serie de medidas para elaborar “un marco normativo inspirado en principios éticos que reflejen la complejidad del ámbito de la robótica y sus numerosas implicaciones sociales, médicas y bioéticas”.  

La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo ha propuesto a la Comisión de Asuntos Jurídicos la aprobación de una serie de medidas para elaborar “un marco normativo inspirado en principios éticos que reflejen la complejidad del ámbito de la robótica y sus numerosas implicaciones sociales, médicas y bioéticas”.


Como explica Carlos Fernández en la sección de Ciberderecho del Diario La Ley, en concreto, estas propuestas se refieren a los aspectos éticos, medioambientales, de seguridad y de privacidad que se derivan de la utilización de los robots y de los sistemas ciberfísicos en los ámbitos asistenciales, médicos y de evaluación e investigaciones clínicas.
El documento parte de la base de que solo en 2014 la venta y producción de robots aumentó casi un 30%, en particular en los sectores sanitario y asistencial y de que la robótica puede generar un gran nivel de incertidumbre en lo referente a cuestiones de responsabilidad.


Sistemas ciberfísicos (SCF)


El documento hace especial referencia a la progresiva implantación de los denominados sistemas ciberfísicos (SCF), compuestos de ordenadores en red, robots e inteligencia artificial que interactúan con el mundo físico y tienen múltiples usos en el sector sanitario (robots quirúrgicos, telecirugía), con una potencial capacidad de reducir los costes generales de atención sanitaria.
Se prevé que estos dispositivos robóticos tengan un profundo impacto en el sector sanitario y que sigan evolucionando y probablemente se utilizarán cada vez más en los procedimientos quirúrgicos, previéndose que abran nuevas posibilidades a los cirujanos humanos, propagando las ventajas de la cirugía mínimamente invasiva, la motricidad fina y la precisión.


Robots asistenciales o de compañía


En cuanto a los robots de compañía, con funciones de asistencia a personas con discapacidad o temporalmente incapacitadas, se considera que pueden suponer un cambio positivo en la vida de las personas con discapacidad, pues las tecnologías inteligentes ofrecen la posibilidad de realizar funciones de prevención, asistencia, seguimiento y compañía.
Estos SCF y los robots pueden aumentar considerablemente la atención a las personas y hacer que el proceso de rehabilitación sea más específico.


Consecuencias éticas de la utilización de robots


Se considera imprescindible realizar una evaluación de las consecuencias éticas y morales a largo plazo de las nuevas tecnologías, antes y durante su desarrollo.
Los productos robóticos deben respetar los derechos fundamentales de las personas y los derechos sociales protegidos a nivel de la Unión, previendo las medidas técnicas pertinentes que garanticen tal respeto desde la misma fase de su diseño (principio de la “protección de la intimidad desde el diseño”).
Dado que todo usuario puede desarrollar un vínculo emocional con los SCF y los robots, se considera necesario que garantizar que los SCF no afecten negativamente a la autonomía e independencia de las personas vulnerables.


Consecuencias medioambientales


Se considera necesario reducir lo más posible la huella medioambiental o ecológica de la robótica, considerando el aumento del consumo de energia y de los residuos generados por estos sistemas.
Igualmente se hace referencia  a la necesidad de aumentar la eficiencia energética y el recurso a tecnologías renovables.


Consideraciones sobre seguridad


Se considera que la seguridad de los dispositivos robóticos médicos es una condición sine qua non para su implantación en el sector sanitario. Por ello su eficacia y seguridad debe evaluarse conforme procedimientos de homologación normalizados y salvaguardias específicas muy detalladas y prestando especial atención a su uso en condiciones de emergencia.
Igualmente se considera necesario prestar especial atención a la seguridad de las redes de SCF, a fin de impedir que se vulneren y roben datos personales sensibles.
En cuanto a la responsabilidad derivada de los sistemas SCF implantados, se considera importante que se facilite información y se regule de forma inequívoca el tema de la responsabilidad derivada de su uso: quien es el propietario, quien tiene la potestad de disponer de ellos y quien puede modificar su implantación.


Requisitos sobre privacidad


La normativa sobre protección de datos de la UE debe modificarse para tener en cuenta la complejidad y progresiva interconexión de los robots asistenciales y médicos, que es posible que manejen datos relativos a la salud e información personal extremadamente delicados.
Por ello estos dispositivos deben respetar el concepto de protección de la intimidad desde el diseño, según lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679 sobre protección de datos.
Igualmente se considera necesario reforzar los códigos de conducta en materia de secreto profesional médico en lo que respecta a los datos relativos a la salud almacenados en los SCF a los que puedan acceder terceros.
En particular se destaca que no se debe permitir que las aseguradoras ni ningún otro prestador de servicios utilicen los datos de la sanidad electrónica para introducir discriminaciones en la fijación de precios.


Comités de ética en la investigación


Por último, la Comisión plantea que los comités de ética en la investigación deben tener en cuenta las cuestiones éticas que se plantean en multitud de ámbitos de la atención sanitaria y a personas con discapacidad o de edad avanzada, como consecuencia de la realización de dispositivos robóticos médicos y de SCF.
En particular se considera que se debe prestar especial atención a cuestiones como la igualdad de acceso a la prevención sanitaria robótica, el carácter privilegiado de la relación asistencial médico-paciente o la propensión de los pacientes con necesidades especiales (como las personas con discapacidad, los niños o las personas que vivan solas), a acabar sintiendo un apego emocional por los robots.

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