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23/03/2017 11:09:08 TRIBUNAL MÉDICO SEGURIDAD SOCIAL 3 minutos

Pensión de incapacidad por aneurisma con secuelas

La Seguridad Social se escudaba en un dato laboral falso para denegar una incapacidad a una afectada de aneurisma.

 

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Barcelona, de fecha 27 de febrero, ha dado la razón a una administrativa de 43 años de edad que había demandado a la Seguridad Social por rechazar su solicitud de una pensión por incapacidad laboral permanente. La solicitante había sufrido un aneurisma que habían dejado graves secuelas que le impedían trabajar, pero la entidad pública alegó que, en aquel momento, la trabajadora no estaba dada de alta en la Seguridad Social.

Según fuentes del centro médico-jurídico Tribunal Médico, que ha llevado el caso en nombre de la afectada, el INSS no veía suficiente causa para concederle este tipo de prestación a pesar de que la mujer padece diversas enfermedades cerebrales a consecuencia de un aneurisma que le han llevado a la parálisis de diversas zonas del cuerpo y a déficits cognitivos graves. La razón argumentada era que cuando sufrió el accidente cerebral no estaba dada de alta, aspecto que se ha demostrado que era falso por el informe de vida laboral.

Un sencillo informe de vida laboral

Según los informes de salud presentados por Tribunal Médico, como uno donde el Hospital Clínic de Barcelona hacía constar que R.O.P. sufre una grave pérdida de funcionalidad debido a sus lesiones, se ha demostrado ante los tribunales que se le debe conceder la Incapacidad Permanente Absoluta. Tal como se observa en la sentencia, el INSS dictó en su día una resolución negativa ante la petición de la mujer debido a que la causa de éstas (un aneurisma) sucedió con anterioridad al alta de la trabajadora en la Seguridad Social. Sin embargo, ahora queda constatado que la mujer sufrió el aneurisma cerebral en junio de 1994, habiendo sido ya dada de alta en su empresa en marzo de ese mismo año.

Alejandro Rusiñol, jurista del centro Tribunal Médico, comenta que “es sorprendente que con sólo aportar un sencillo informe de vida laboral de nuestra representada, hemos desmontado la argumentación del INSS para no concederle la incapacidad”. En cualquier caso, las lesiones de la administrativa han sido claves para que el Juzgado reconociera la necesidad de la trabajadora de una pensión como medio de vida por no poder desarrollar ningún tipo de profesión. Las patologías que han quedado demostradas son la parálisis facial y del brazo izquierdo, consecuencia del aneurisma inicial que padeció. Aparte, está aquejada de inflamación del encéfalo y de la médula espinal. Ello le ha provocado también graves problemas cognitivos y de retención de la información.

Cobrará el 100% de su base regularora

El Juzgado de lo Social n.º 2 de Barcelona, donde ha transcurrido el proceso legal, ha condenado finalmente a la Seguridad Social a que otorgue la Incapacidad Permanente Absoluta a R.O.P. Ello representa que la empleada cobrará una mensualidad del 100% de su base reguladora, calculada en 2.343,70 €. Además, esta resolución se emite con efectos retroactivos, de modo que la demandante percibirá las cantidades no abonadas hasta ahora desde 2015.

 

Fuente: www.tribunalmedico.com

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