En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea ha emprendido acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por haber incumplido las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan varios sectores y ámbitos de actuación de la UE, pretenden garantizar la correcta aplicación del Derecho de la Unión en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
A continuación se presentan las principales decisiones adoptadas por la Comisión en relación a España, agrupadas por ámbitos de actuación.
1. Mercado único digital
La Comisión pide a España que transponga a sus Derechos nacionales la legislación a escala de la UE en materia de ciberseguridad
La Comisión ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España para que transponga plenamente a sus Derechos nacionales el primer acto legislativo a escala de la UE sobre ciberseguridad. El objetivo de la Directiva relativa a la seguridad de las redes y los sistemas de Información [Directiva SRI, Directiva (UE) 2016/1148] es alcanzar de manera uniforme un elevado nivel de seguridad de las redes y los sistemas de información en toda la UE, mediante el desarrollo de las capacidades nacionales en materia de ciberseguridad, aumentando la cooperación a nivel de la UE y las obligaciones de notificación de incidentes de los operadores de servicios esenciales y de los proveedores de servicios digitales.
2. Medio ambiente
Ruido: la Comisión insta a España a adoptar mapas de ruido y planes de acción sobre el ruido ambiental
La Comisión pide a las autoridades de España que cumpla las disposiciones principales del Derecho de la UE sobre el ruido (Directiva 2002/49/CE). La Directiva sobre el ruido exige a los Estados miembros que adopten mapas de ruido que muestren la exposición al ruido dentro de las grandes zonas urbanas, como, por ejemplo, en los principales ejes ferroviarios y viarios y en los grandes aeropuertos.
Agua: la Comisión insta a España a cumplir la normativa de la UE sobre prevención de inundaciones
La Comisión pide a España que cumpla los requisitos de la Directiva sobre inundaciones (Directiva 2007/60/CE). La Directiva tiene por objeto reducir y gestionar los riesgos para la salud, las actividades económicas y el medio ambiente asociados a las inundaciones. Según el Derecho de la UE, los Estados miembros debían finalizar y publicar planes de gestión del riesgo de inundación y notificarlos a la Comisión el 22 de marzo de 2016, a más tardar. En marzo de 2018, la Comisión envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas debido a que no habían finalizado, publicado ni notificado sus planes de gestión del riesgo de inundación correspondientes a las siete demarcaciones hidrográficas de las Islas Canarias. Como siguen sin notificar estos planes, la Comisión les envía un dictamen motivado. España tiene dos meses para responder; de no hacerlo, la Comisión podría llevarla ante el TJUE.
Bienestar animal: la Comisión pide a España que transponga correctamente las medidas relativas a la protección de los animales de laboratorio
La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a España en relación con las deficiencias detectadas en la transposición a su legislación nacional de la normativa de la UE relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos (Directiva 2010/63/UE). La Directiva, que debía transponerse a más tardar el 10 de noviembre de 2012, garantiza un alto nivel de bienestar animal, salvaguardando al mismo tiempo el buen funcionamiento del mercado interior. También persigue reducir al mínimo el número de animales utilizados en experimentos y exige que se utilicen alternativas cuando sea posible.
Las autoridades españolas han reconocido defectos en su legislación, pero todavía no los han corregido en ámbitos tales como el mantenimiento de registros y la cláusula de salvaguardia relativa a la utilización de primates no humanos. España dispone de dos meses para responder; de lo contrario, la Comisión podría decidir enviar un dictamen motivado.
3. Estabilidad financiera, servicios financieros y unión de los mercados de capitales
Mercados de valores: la Comisión lleva a España ante el TJUE por no trasponer plenamente la normativa de la UE sobre los mercados de instrumentos financieros
La Comisión ha decidido llevar España ante el TJUE por no transponer plenamente la normativa europea sobre los mercados de instrumentos financieros (MiFID II) ni la Directiva que la complementa [Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión]. Estas normas son elementos cruciales para el buen funcionamiento de los mercados de valores y resultan esenciales para el funcionamiento continuo del mercado único europeo.
Servicios financieros: la Comisión lleva a España ante el TJUE por no aplicar las normas prudenciales de la UE para los bancos y las empresas de inversión
La Comisión ha decidido llevar a España ante el TJUE por no transponer plenamente la Directiva sobre requisitos de capital (Directiva 2013/36/UE). Hasta la fecha, España no ha transpuesto plenamente esta normativa de la UE y todavía faltan algunas disposiciones en el ordenamiento jurídico nacional. Se refieren principalmente a los siguientes aspectos: determinadas competencias y facultades de las autoridades nacionales competentes en relación con las empresas de inversión; y la imposición de sanciones administrativas u otras medidas aplicables a las entidades declaradas responsables de una infracción grave en la lucha contra el blanqueo de capitales.
4. Mercado interior, industria, emprendimiento y pymes
Libre circulación de profesionales: la Comisión insta a España a cumplir la normativa de la UE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales
La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a España relativas a la conformidad de sus legislaciones y prácticas nacionales con la normativa de la UE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales (Directiva 2005/36/CE, modificada por la Directiva 2013/55/UE). La UE ha establecido un sistema moderno para el reconocimiento de la experiencia y las cualificaciones profesionales en toda la Unión. Consigue que resulte más fácil para los profesionales que deseen establecerse o prestar sus servicios en otros Estados miembros obtener el reconocimiento de sus cualificaciones, garantizando al mismo tiempo un mayor nivel de protección de los consumidores y de los ciudadanos. Preocupa especialmente a la Comisión garantizar una aplicación coherente de estas normas, en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
Libre circulación de mercancías: la Comisión insta a España a eliminar las restricciones a las importaciones de acero y hormigón estructurales
La Comisión ha decidido enviar una carta de emplazamiento a España en relación con las restricciones a las importaciones de acero y hormigón estructurales utilizados en la construcción. En el mercado único, el comercio de los productos que no están sujetos a normas comunes de la UE se rige por el principio de reconocimiento mutuo. Este principio establece que un producto vendido legalmente en un país puede venderse en cualquier otro país de la UE sin cambios ni adaptaciones. El actual marco jurídico español no prevé ningún mecanismo para reconocer distintivos de calidad concedidos por otros Estados miembros, dificultando así el acceso de los materiales importados al mercado nacional.
5. Justicia, consumidores e igualdad de género
Lucha contra el blanqueo de capitales: la Comisión pide a España que transpongan en su totalidad la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales
La Comisión ha enviado un dictamen motivado a España por no transponer la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales a sus Derechos nacionales. Hasta el momento, España solo ha transpuesto parcialmente la normativa. La normativa contra el blanqueo de capitales resulta crucial en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Los papeles de Panamá y otros escándalos han puesto de manifiesto la necesidad de una normativa antiblanqueo más estricta. Las lagunas en un Estado miembro repercuten en los demás. Por eso la eficacia de la lucha contra el blanqueo de capitales es uno de los puntos centrales del planteamiento de la UE para combatir el crimen en Europa. Todos los Estados miembros tenían que transponer la normativa de la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales, a más tardar, el 26 de junio de 2017. En caso de que España no ajuste su legislación al Derecho de la UE en los próximos dos meses, la Comisión podría optar por llevar los asuntos ante el TJUE.
6. Migración, asuntos de interior y ciudadanía
Migración legal: la Comisión insta a España a transponer la Directiva sobre estudiantes e investigadores de terceros países
La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a España por no comunicar la adopción de la legislación nacional que transpone plenamente la Directiva sobre los requisitos de entrada, residencia y movilidad dentro de la Unión de nacionales de terceros países con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair [Directiva (UE) 2016/801]. España tenía hasta el 23 de mayo de 2018 para ajustar sus legislaciones nacionales a esta Directiva e informar de ello a la Comisión y dispone ahora de dos meses para transponer plenamente la Directiva a sus Derechos nacionales; de lo contrario, la Comisión podría considerar enviarle un dictamen motivado.
Unión de la Seguridad: la Comisión insta a España a transponer las nuevas normas relativas a los datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR)
La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a España, por no comunicar la adopción de la legislación nacional que transpone plenamente la Directiva sobre el PNR [Directiva (UE) 2016/681]. Los Estados miembros tenían hasta el 25 de mayo de 2018 para transponer la Directiva a sus Derechos nacionales. El PNR contiene la información que facilitan los pasajeros a las compañías aéreas cuando reservan y facturan vuelos. Puede incluir datos como el nombre del pasajero, las fechas y los itinerarios de viaje, el número de asiento, el equipaje, la información de contacto y los medios de pago. La Directiva obliga a los Estados miembros a crear un sistema nacional para la recogida, el análisis y el intercambio de datos del PNR con fines policiales que respete plenamente las garantías en materia de protección de datos.