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06/10/2020 16:11:04 Prensa Tribunal Superior de Justicia COVID-19 1 minuto

El TSJ de Madrid rechaza anular de forma urgente las restricciones de movilidad

Los magistrados rechazan la vía de hecho que plantean los recurrentes, quienes argumentan que la Orden se ha dictado sin solicitar previamente la ratificación judicial

Prensa Tribunal Superior de Justicia de Madrid. - La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido no adoptar la petición de medidas cautelares urgentes solicitadas por el grupo parlamentario Vox en la Asamblea de Madrid contra la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la CAM por la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2, al entender que en el presente procedimiento no se da la situación constitutiva de vía de hecho, tal y como exige el artículo 136.1 de la LRJCA (a Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), que alegaba la formación política para solicitar la suspensión la eficacia de la Orden. 

Los magistrados rechazan la vía de hecho que plantean los recurrentes, quienes argumentan que la Orden se ha dictado sin solicitar previamente la ratificación judicial, manifestando que ‘la circunstancia de que no se hubiera solicitado dicha ratificación, en el momento en que los recurrentes interpusieron el presente recurso, no puede implicar en modo alguno la existencia de una vía de hecho’. 

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