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Actualidad Jurisprudencia
12/03/2015 12:52:39 Redacción NJ 1 minuto

Entra en vigor la 'Ley Antibotellón en Andalucía'

La nueva norma, aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 11 de octubre con el único apoyo del PSOE-A y sobre la que IU hizo un llamamiento a la "desobediencia civil", da cobertura jurídica a los ayuntamientos para regular las concentraciones al aire libre, lo que permite a las policías locales intervenir las bebidas del "botellón", clausurar temporalmente los establecimientos infractores y precintar vehículos de venta ambulante.

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La Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, conocida como 'Ley Antibotellón', entró en vigor con el objetivo de que los jóvenes puedan divertirse sin entrar en conflicto con los derechos del resto de los ciudadanos.

La nueva norma, aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 11 de octubre con el único apoyo del PSOE-A y sobre la que IU hizo un llamamiento a la "desobediencia civil", da cobertura jurídica a los ayuntamientos para regular las concentraciones al aire libre, lo que permite a las policías locales intervenir las bebidas del "botellón", clausurar temporalmente los establecimientos infractores y precintar vehículos de venta ambulante.

A partir de ahora, los alcaldes tienen potestad sancionadora mediante multas que oscilan desde los 600 euros para las faltas leves, como puede ser el consumo de alcohol en la calle, a los 60.000 euros en caso de falta muy grave que se impondrá a aquellos comercios que vendan bebidas espirituosas después de las 22 horas.

Orinar en la calle o ensuciar la vía pública con los restos de un botellón también se sancionarán, aunque la ley permite sustituir la multa económica por trabajos para la comunidad.

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