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Publicada la Ley 23/2013, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social

La Ley reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, introduce un factor de sostenibilidad de la pensión de jubilación que trata de adaptar ésta a la esperanza de vida, y un índice de revalorización de las pensiones desvinculado del IPC.

El BOE de hoy 26 de diciembre ha publicado la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, de la que, por su interés, reseñamos sus novedades más relevantes de la mano de Estíbaliz Elorriaga.

1) La Ley obedece a la necesidad de garantizar a medio y largo plazo el equilibrio económico financiero del sistema de la Seguridad Social

La elevación prevista de la esperanza de vida unida a niveles muy bajos de natalidad y la crisis económica han forzado la necesidad de introducir elementos correctores en las pensiones, circunscritas a las recomendaciones del Pacto de Toledo.

El proceso se inició con la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que modificó la pensión de jubilación e introdujo el factor de sostenibilidad, que estableció una vacatio legis hasta 2013 y fue posteriormente modificada de forma fundamental por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo.

La Ley completa el cuadro, regulando dos elementos correctores de la pensión de jubilación, a fin de garantizar a medio y largo plazo el equilibrio económico f

2) La Ley regula dos elementos decisivos: el Factor de Sostenibilidad y el Índice de Revalorización de las pensiones

- El factor de sostenibilidad se define como un instrumento cuyo fin es vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas, de forma automática a través de una fórmula predeterminada, ajustando las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en similares condiciones en momentos temporales diferentes. Se regula en los 6 primeros artículos de la Ley.

Se trata de que el importe total que perciba a lo largo de su vida un pensionista que acceda al sistema de pensiones dentro de ciertos años, y que previsiblemente tendrá mayor esperanza de vida, sea equivalente al que perciba el que se jubile en un momento anterior, para lo cual se relaciona la esperanza de vida estimada en ambos momentos.

Su fin es mantener la proporcionalidad entre contribuciones y prestaciones del Sistema, garantizando a las generaciones presentes y futuras la percepción de pensiones adecuadas y suficientes.

- El nuevo índice de revalorización de las pensiones se regula en el art. 7 como una modificación del art. 48 de la Ley General de la Seguridad Social y sustituye al IPC como referencia. Se calcula mediante una fórmula que tiene en cuenta la variación interanual de los ingresos, pensiones contributivas y gastos del Sistema y que se incluirá en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, y no podrá ser inferior al 0,25%.inanciero del Sistema.

3) El Factor de Sostenibilidad se aplicará a partir del 1-1-2019 para determinar el importe de las nuevas pensiones de jubilación

Este factor de sostenibilidad únicamente se aplicará a las pensiones de jubilación; y no a todas, sino a las nuevas pensiones que se causen a partir del 1-1-2019.

4) El Factor de Sostenibilidad se obtiene mediante una fórmula que tiene en cuenta el Valor Interanual de la esperanza de vida

5) La Seguridad Social revisará la Variación de la esperanza de vida para calcular el factor de sostenibilidad cada quince años

Ese valor interanual de la esperanza de vida que influye en el cálculo del factor de sostenibilidad, se calculará quinquenalmente de la siguiente forma:

- Desde 2019 hasta 2023, ambos inclusive, se tendrá en cuenta el cociente entre la esperanza de vida a los 67 años en 2012 y la esperanza de vida a los 67 años en 2017).

- Desde 2024 hasta 2028, ambos inclusive, se tendrá en cuenta el cociente entre la esperanza de vida a los 67 años en 2017 y la esperanza de vida a los 67 años en 2022).

- Y así sucesivamente.

De esas cifras se toman los cuatro primeros decimales.

6) El Factor de Sostenibilidad respetará los complementos por mínimos

El factor de sostenibilidad se aplicará sin perjuicio del derecho a percibir el complemento por mínimos, conforme a lo establecido en la correspondiente

7) El Índice de Revalorización de las pensiones se aplicará a partir del 1-1-2014 a todas las pensiones y se actualizará anualmente

A partir del 1-1-2014, todas las pensiones del Sistema de la Seguridad Social, incluida la de jubilación, serán incrementadas al comienzo de cada año en función del nuevo Índice de Revalorización previsto en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Ley de Presupuestos Generales del Estado.

8) El nuevo Índice de Revalorización de las pensiones sustituye a la referencia histórica al IPC

La Ley articula el nuevo índice en un solo artículo, el 7, que modifica el art. 48 de la Ley General de la Seguridad Social y elimina la referencia histórica al IPC. De ahí la denominación de ”desindexación”.

9) La fórmula para calcular el Índice de Revalorización se basa en determinados valores del Sistema de la Seguridad Social

10) Se garantiza un incremento mínimo de las pensiones del 0,25%

El resultado de aplicar la fórmula indicada no podrá dar lugar en ningún caso a un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25% ni superior al IPC+0,50%.

Es decir, que en todo caso se incrementarán en ese mínimo del 0,25%.

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