Pocas veces, en el ámbito de la Fiscalidad internacional ha habido un movimiento de tanta intensidad y posible trascendencia práctica, como el ligado al Plan de medidas para combatir BEPS ?acrónimo inglés que se traduce como erosión de bases y traslado de beneficios? esbozado por la OCDE en 2013 y desarrollado plenamente, con documentos de profuso desarrollo para las 15 acciones propuestas durante 2014 y 2015.
Este conjunto de medidas está llamado a provocar un profundo cambio del enfoque de las normas sobre fiscalidad internacional, de modo que el núcleo o principal objetivo de las mismas pasaría de ser la evitación de la doble imposición y los perjuicios económicos de la misma, a ser la lucha contra la denominada doble desimposición, como daño derivado de la planificación fiscal de las empresas multinacionales dentro de una economía globalizada.
La Fundación Impuestos y Competitividad tiene por cometido, en razón a su previsión estatutaria, la investigación, el conocimiento, la divulgación y la opinión independiente sobre los desarrollos normativos internacionales en materia de tributación y fiscalidad y sobre las experiencias de aplicación de los mismos.
Es por ello que resulta de plena coherencia la atención prestada por los patronos de la Fundación al plan de acción BEPS; habiendo realizado en los últimos meses un continuado esfuerzo de análisis y seguimiento del mismo, que ha culminado ha culminado con la edición por la propia Fundación del libro “Plan de acción BEPS: una reflexión obligada”, disponible en formato digital en smarteca, la biblioteca inteligente profesional de Wolters Kluwer.
En efecto, el proyecto de la Fundación Impuestos y Competitividad, se concreta en un total de 14 ponencias, en las que se abordan las distintas acciones del Plan de acción BEPS, así como la Directiva anti-abuso aprobada por la Unión Europea para buscar una aplicación homogénea de las directrices BEPS entre los Estados Miembro; completando esos estudios con una referencia a las medidas ya adoptadas por España o terceros Estados en ejecución de los criterios que el proyecto de la OCDE postula, respecto de cada una de las acciones, finalizando con una evaluación de dichas medidas, prestando especial atención a su posible impacto en la práctica del sistema tributario español.
Se trata en suma de una herramienta de gran utilidad para conocer en detalle el plan de acción BEPS, que supone desde luego la revisión y en cierto modo redefinición del tratamiento de la fiscalidad internacional, conllevando la modificación de la redacción de numerosos Convenios para evitar la doble imposición internacional (cuya denominación, incluso, ya ha sido modificada) por la vía del Convenio Multilateral, así como de interpretaciones y directrices de aplicación de los mismos conforme a la nueva orientación patrocinada desde la OCDE.
Además, BEPS está suponiendo la introducción de cambios en la regulación de la fiscalidad “doméstica” de numerosos Estados, con un impacto potencial relevante. Siendo destacable asimismo, para los Estados integrados en la UE que, por razón de BEPS y de la pretensión de aplicación homogénea del plan de acción, se ha producido una fuerte irrupción de la labor armonizadora en materia de imposición directa, cuya repercusión última en la integración de las normas nacionales está todavía por ver; habiendo propiciado una actuación sin duda novedosa desde las instituciones europeas y los Estados Miembro, cuyo efecto final en la armonización fiscal resultará obligado vigilar atentamente.
Hay motivos sobrados, por tanto, para tratar de conocer en profundidad los contenidos y propuestas del plan de acción BEPS, y es una gran oportunidad hacerlo de la mano de un amplio elenco de especialistas en Fiscalidad Internacional que, desde las 8 firmas que componen el patronato de la Fundación Impuestos y Competitividad, han efectuado un análisis muy valioso, que será sin duda de gran utilidad.
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