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20/10/2020 10:50:40 REDACCIÓN CONFLICTO DE AGENCIAS 2 minutos

¿Qué inmobiliaria debe cobrar si una pareja visita la misma casa con dos agencias distintas y por separado?

La vivienda se vendió por un precio mucho más cerca del fijado por una de las agencias, lo que lleva a determinar que la vivienda se vendió por medio de esa agencia. Qué agencia inmobiliaria cobra la comisión cuando los cónyuges que compraron la vivienda la visitaron cada uno por separado con una agencia diferente

¿Qué inmobiliaria debe cobrar si una pareja visita la misma casa con dos agencias distintas y por separado?

Si una pareja que busca comprar una casa, cada uno por separado, visita la misma vivienda con una agencia inmobiliaria distinta, ¿quién debe cobrar los honorarios de agencia si finalmente se formaliza la venta?

Es la cuestión que resuelve la Audiencia Provincial de Burgos, en un reciente caso, de 14 de julio de 2020 (sentencia 241/2020). La vivienda se vendió por un precio mucho más cerca del fijado con una de las agencias, lo que lleva al tribunal de apelación a considerar que se vendió por medio de dicha agencia.

Un precio más aproximado a un contrato que a otro

Según los hechos recogidos en el fallo, los compradores, que eran marido y mujer, visitaron la vivienda por separado cada uno de ellos con una agencia diferente. Por tanto, se trata de establecer la agencia por mediación de la cual la venta se llevó a cabo, pues solo una de ellas tiene derecho a cobrar sus honorarios.

Para resolver dicha cuestión, la Audiencia Provincial de Burgos tiene en cuenta los diferentes precios de venta que se pactaron en cada uno de los contratos de mediación, así como el precio definitivo de adquisición del inmueble cuya venta se encargó a ambas agencias inmobiliarias, sin régimen de exclusividad.

La vivienda se vendió por un precio mucho más cerca del fijado con una de las agencias, lo que lleva al Tribunal de apelación a considerar que se vendió por medio de dicha agencia.

Además, el Tribunal argumenta que una agencia inmobiliaria tiene derecho al cobro de sus honoraros si la vivienda se compra o se vende en el precio o en la horquilla de precios convenidos.

Por el contrario, la agencia no tendrá derecho al cobro de los honorarios, por mucho que haya enseñado la vivienda al futuro comprador, si luego la venta se lleva a cabo por un precio inferior.

Por este motivo, si en el contrato celebrado con una de las agencias se había fijado un precio de venta determinado, sin que las partes convengan en rebajarlo por las dificultades para vender en ese precio, y si luego la vivienda se vende por un precio bastante inferior, la agencia no tiene derecho al cobro de sus honorarios.

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