El Tribunal Supremo ha declarado responsable a la Administración del suicidio de un interno en prisión sometido a una fuerte presión mediática. El reo fue dado de alta de un programa de prevención de suicidios, ya que el diagnóstico apuntaba que no existía ninguna intención autolítica. La realidad mostró que el recluso estaba sometido a una enorme presión emocional.
La Sala, en sentencia de 28 de septiembre rec. 1217/2020, declara la responsabilidad patrimonial del Estado por no garantizar la vida del interno. La presión a la que había estado sometido en momentos recientes a causar baja en el programa era muy fuerte, ya que su caso de extrema actualidad y ante ello al menos se debería haber tomado la medida de estancia permanente con otro interno, apunta el fallo. Ante un caso tan mediático, la Administración Penitenciaria debió extremar la vigilancia y el tratamiento del recluso para evitar el suicidio.
La baja en el mencionado Programa coincidió temporalmente con la práctica de actuaciones en el proceso penal, convertido ya en sumario. Además, el interno fue objeto de "hostigamiento" por parte de otros reclusos además de por la opinión pública, que no fue ajena a su caso, al haber recibido un tratamiento extenso (asesinato, detención ilegal y agresión sexual de una menor de edad).
La familia recibirá una de 10.000 euros para cada uno de sus tres hijos mayores y 20.000 euros para los dos menores y la madre de estos.