Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Jurisprudencia
11/03/2021 10:27:42 ISABEL DESVIAT ESTADO DE ALARMA 3 minutos

Anulado un juicio porque el abogado tuvo que aislarse por el posible positivo por Covid de su esposa antes del confinamiento

La Audiencia Provincial de Valencia declara la nulidad de las actuaciones, y obliga a las partes a celebrar de nuevo el juicio. Aunque el juicio se celebró antes de la declaración del estado de alarma, ya se estaban tomando medidas de prevención de contagios

Anulado un juicio porque el abogado tuvo que aislarse por el posible positivo por Covid de su esposa antes del confinamiento

Isabel Desviat.- La suspensión de las vistas de los juicios y sus motivos en el ámbito civil viene establecida en una lista tasada en el artículo 188 de la LEC, y son solo esas las causas por las que un juicio puede quedar suspendido. Una de ellas es la imposibilidad absoluta del abogado que pide la suspensión, justificada suficientemente. Si a pesar de ello se celebra finalmente el juicio y se dicta sentencia, y existió además indefensión de la parte que no pudo acudir, es posible solicitar la nulidad de las actuaciones procesales.

Los días anteriores a la declaración del estado de alarma, en la que ya muchos habían visto la expansión del virus, se estaban adoptando medidas de prevención de contagios, pero aun no se habían suspendido los plazos y actuaciones judiciales, propiciaron situaciones como la analizada por esta sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (S. APV 22 diciembre 2020) hecha publica hace unos días.

El Juzgado de Primera Instancia no vio motivo de suspensión

El litigio, una reclamación de cantidad, había terminado con sentencia desfavorable al letrado que no había podido acudir al juicio, previsto para el 5 de marzo de 2020. La tarde anterior su esposa había sido internada en un centro hospitalario ante la posibilidad de diagnóstico del virus Covid-19, ordenando los medicos al abogado que guardase aislamiento social preventivo en su domicilio. Así lo manifestó al juez el procurador que había acudido a la vista, aportando certificados médicos al respecto, justo antes de la celebración de la vista.

El juez, sin embargo, no apreció causa de suspensión, celebrándose el juicio y dictándose posteriormente sentencia desfavorable a los intereses de sus clientes. El abogado, entonces, interpone recurso de apelación, solicitando la nulidad absoluta de actuaciones.

Su incomparecencia al juicio fue un acto de prudencia sanitaria

La Sala analiza la situación concreta desde el punto de vista de la realidad social en aquel momento. Es cierto que aun no se había decretado el estado de alarma por el gobierno, pero en aquella fecha era ya notoria la expansión del virus y las medidas que los sanitarios estaban recomendando para frenar los contagios.

A juicio de la Audiencia su incomparecencia estuvo sobradamente justificada, sin que pueda alegarse que no era él el que estaba enfermo, pues entender lo contrario es desconocer las normas de seguridad sanitaria. Aunque posteriormente se comprobara que la esposa no estaba afectada por el virus no cambia las cosas a juicio del tribunal, porque la prudencia sanitaria exigía que el abogado tomara la medida de aislamiento, como así hizo.

Concluye finalmente que existió una evidente indefensión, al no poder intervenir en toda la prueba practicada durante el juicio, ni poder efectuar las conclusiones.

Por todas estas razones, la Audiencia concluye estimando el recurso y anula todas las actuaciones practicadas para que el juicio pueda volver a celebrarse con todas las garantías para las partes personadas.

Te recomendamos