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27/04/2021 19:53:30 REDACCIÓN DERECHO A LA EDUCACIÓN 2 minutos

Un padre no puede negarse a llevar a sus hijos al colegio por miedo al covid

La justicia impone al padre la obligación de llevar al colegio a los menores. En caso de persistencia en su negativa, atribuye a la madre la facultad de decidir en la situación actual

Un padre no puede negarse a llevar a sus hijos al colegio por miedo al covid

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Tafalla resuelve, en un Auto de 9 de noviembre de 2020 (disponible en este enlace), un supuesto de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad por las desavenencias surgidas entre los progenitores ante la negativa del padre a llevar a los hijos al colegio aduciendo que tiene miedo al Covid-19. De hecho, les mantiene en casa, sin procurarles una educación adecuada a la que tienen derecho, reconociendo que no los lleva al colegio por "miedo".

Ante esta situación, el titular del juzgado impone al padre la obligación de llevar al colegio a los menores. En caso de persistir en su negativa durante el tiempo que tenga la custodia de los menores, acuerda atribuir a la madre la facultad de decidir si los hijos han de acudir presencialmente al centro educativo en la situación actual del Covid-19.

La madre también ha tenido dudas y miedo en llevar a sus hijos al colegio, pero a pesar de ello, ha seguido llevándolos, recogen el fallo. Quizás su miedo se ha relativizado al ver los protocolos activados por el centro escolar y la obligación comunicada desde este de que los menores estén escolarizados.

Los correos aportados al proceso revelan que el padre ya antes de la existencia de este procedimiento había valorado, y así lo comunica al centro escolar, retomar la vuelta al colegio de sus hijos. Aunque finalmente no fue así, y los hechos apuntan a que fue la interposición de esta demanda lo que ha acelerado que el padre tomase la decisión de llevar a nuevamente a sus dos hijos al colegio.

Derecho a la educación

El derecho a la educación es del menor, no de los progenitores. El juez razona que los niños van al colegio a aprender, pero fundamentalmente van a relacionarse con otros niños, tan necesario en momentos como estos en los que la distancia social impuesta por la crisis sanitaria lo está haciendo más difícil. Esto no lo pueden hacer ni con el padre ni con la madre, que además no están exentos de riesgo de contagio. Ello es especialmente importante respecto de uno de los hijos, que padece autismo, precisando de rutinas y sufriendo retrasos en su aprendizaje al dejar de acudir al centro escolar.

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