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25/05/2021 08:58:19 REDACCIÓN LIBERTAD SINDICAL 3 minutos

La Asociación de Futbolistas Españoles indemnizará al sindicato Futbolistas ON por los derechos de explotación audiovisual

Negarle su parte de beneficios afecta a la capacidad de acción sindical, dicta la Audiencia Nacional

La Asociación de Futbolistas Españoles indemnizará al sindicato Futbolistas ON por los derechos de explotación audiovisual

La Audiencia Nacional ha confirmado que la Asociación de Futbolistas Españoles debe abonar más de 300.000 euros como indemnización de daños y perjuicios al sindicato Futbolistas ON. Esta cantidad es la que le hubiera correspondido del 0,5% del importe neto total para el 2019 de los ingresos obtenidos de la explotación comercial conjunta de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones futbolísticas.

Los magistrados aprecian discriminatoria y contraria a la libertad sindical la exclusión, por parte de la Asociación de Futbolistas Españoles y de la Liga de Fútbol Profesional, del sindicato FUTBOLISTAS ON de la entrega anual, en proporción a su implantación, del 0,5% del importe neto total de los ingresos obtenidos de la explotación comercial conjunta de los derechos audiovisuales del fútbol español.

La sentencia (disponible en este enlace) reconoce la indemnización en concepto de lucro cesante padecido por el sindicato al no ser incorporado al reparto proporcional a su representatividad respecto a los derechos audiovisuales correspondientes, y que venía reclamando reiteradamente.

La plena privación de acceso al importe neto total de los ingresos obtenidos de la explotación comercial de los derechos audiovisuales, atenta contra la posibilidad cierta y real de ejercer la actividad sindical en condiciones de igualdad en relación otro sindicato actuante en el mismo sector de actividad la AFE, y por ello declara la sentencia que se vulnera el derecho de libertad sindical.

Según el tribunal, el importe neto total de los ingresos obtenidos de la explotación comercial de los derechos audiovisuales que recibe AFE de la LIGA tiene un objetivo final: de atender actividades llevadas a cabo por AFE en beneficio de todos los trabajadores futbolistas.

Capacidad de acción sindical mermada

Por ello, al privarse de participar al sindicato de los fondos, su capacidad de acción sindical se ve comparativamente mermada y también su imagen y la percepción de su utilidad como sindicato por parte de los trabajadores futbolistas.

En definitiva, negar al sindicato la condición de receptor de la parte de los derechos de explotación de los derechos audiovisuales del fútbol profesional afecta a la capacidad de acción sindical como parte esencial del derecho fundamental a la libertad sindical.

Aborda también la sentencia el porcentaje al que debe atenderse para determinar la cuantía reclamada, y señala que establecer como criterio de proporcionalidad el índice de afiliación no resulta adecuado porque además de ser un dato de escasa fiabilidad, no constituye un parámetro que directamente se utilice por el legislador para medir la implantación sindical; y por el contrario, se estima que dado que en las elecciones sindicales celebradas para el sector de futbolistas trabajadores, el sindicato ha alcanzado un porcentaje de representación del 4,06% , esta debe ser esta cifra que se tenga en consideración para el reparto de los fondos en disputa.

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