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05/11/2021 14:00:46 REDACCIÓN DERECHOS FUNDAMENTALES 2 minutos

Un juez condena a El Español por un titular falso sobre Jesús Ortiz, padre de la reina Letizia

El titular “Jesús Ortiz, el padre de Letizia, acude al juzgado para dejar claro que no es republicano” no se ajusta a la verdad y vulnera la intimidad del implicado, según la justicia

Un juez condena a El Español por un titular falso sobre Jesús Ortiz, padre de la reina Letizia

El Juzgado nº 3 de Pozuelo de Alarcón ha estimado íntegramente la demanda presentada por Jesús Ortiz, padre de la reina Letizia, contra el diario digital El Español, al entender que el periódico realizó una intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad personal y a la protección de datos personales, por afirmar en un titular que acudía a un juzgado "para dejar claro que no es republicano". El juez reputa tacha la información de falsa al dejar lugar "a pocas dudas e interpretaciones" y condena al rotativo a indemnizar con 8.000 euros al afectado por los daños causados. También condena a la empresa a retirar la información y publicar el fallo de la sentencia en el mismo medio, con la misma tipografía y en igual destacado que se le dio a la noticia en cuestión. 

El titular apareció en un reportaje de fecha 7 de noviembre de 2019, bajo la dirección de Pedro J. Ramírez. El artículo motivo de litigio fue publicado a raíz de otra demanda presentada por Jesús Ortiz contra El Español como consecuencia de un reportaje en el que, hablando de la hermana del demandante, Henar Ortiz, se decía que "los Ortiz siempre se han declarado republicanos".

La base de la demanda fue que, al no especificar a qué miembros de la familia de Henar Ortiz se refería el texto de El Español, se daba a entender que la frase incluía a todos los Ortiz relacionados con Henar Ortiz y, por tanto, al demandante y que atribuirle una ideología política, que él jamás ha expresado en público en uno u otro sentido, atenta contra su intimidad, puesto que lo hace también contra el principio establecido en el Artículo 16.2 de la Constitución Española ("Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias").

La sentencia recoge los argumentos del socio director del bufete Garrido & Cubas, Fernando Garrido, que representó a Jesús Ortiz, manifestando que "el contenido del artículo, vulnera el derecho a su intimidad y protección de datos de carácter personal, al afirmar que, en la vista del referido juicio, manifestó que no era republicano, lo que es radicalmente incierto, y además, por el medio demandado se lleva a cabo una interpretación torticera de sus manifestaciones en el juicio, al situar al actor en una determinada ideología política cuando el demandante, nunca ha manifestado –ni desea hacero–, cuál es su posición política, por lo que considera que la demandada estaría faltando a la verdad".

La Magistrada, por su parte, señala: "Debemos compartir íntegramente las manifestaciones del demandante, pues, sin olvidar su condición de ello [padre de Dña. Letizia Ortiz], no supone que su ideología política deba revelarse ni menos aún, que se le atribuya una determinada ideología u opción política, que ni tan siquiera ha manifestado, y que no sólo no lo ha hecho, sino que además, de forma expresa y reiterada, ha manifestado su voluntad de no querer revelar ningún aspecto de su vida íntima y privada, como sería su opción política".

 

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