En anteriores ocasiones se ha admitido por la jurisprudencia que la introducción por el empresario de mecanismos de control conducentes a comprobar el cumplimiento de las obligaciones laborales no supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siempre que el método en cuestión se justifique en la necesidad de garantizar la buena marcha de la actividad productiva y no se produzca alteración relevante alguna ni perjuicio para los trabajadores. Por ejemplo, véase la sentencia del Tribunal Supremo 980/1987, de 17 de mayo.
En este asunto sucede prácticamente lo mismo en relación con la gestión de los permisos y licencias retribuidas. Hasta ahora, no existía en la empresa demandada ningún método de control más allá de que el empleado debía presentar el justificante de la consulta o prueba médica, y lo que se ha implantado es un mecanismo para fijar unos tiempos máximos de ida y vuelta tomando como referencia los obtenidos de la aplicación Google Maps, a los que se suman 20 minutos para aparcamiento y, en el caso de que sea por acompañar a familiares al médico, el tiempo necesario para volver a dejarlos en el lugar donde se les recogió o en su domicilio.
No es lo mismo justificación, que control. La primera sirve para acreditar que la persona trabajadora o su familiar, han sido citados a consulta médica en una hora concreta y la hora en que ha finalizado; y el control permite verificar que el tiempo invertido en acudir al centro sanitario y regresar a la empresa se ajusta a los estándares de indispensabilidad y necesariedad.
Por ello, a juicio del TSJ Madrid (sentencia 918/2023, de 20 de octubre), con este sistema lejos de ocasionar un menoscabo a las personas empleadas, les dota de una mayor seguridad jurídica al no depender de la valoración subjetiva de su empleador acerca del tiempo de desplazamiento que podría considerarse excesivo en cada caso y permitirles disponer de una referencia objetiva (la que ofrece Google Maps). Además, les beneficia también de forma indirecta, al garantizar el correcto ejercicio por sus compañeros del derecho a la licencia o permiso concedido cuyo mal uso podría repercutir negativamente en su actividad laboral obligándoles a soportar una mayor carga de trabajo.
Y este sistema es también acorde a la buena fe que debe presidir las relaciones laborales, en pro de un uso adecuado de los permisos o licencias porque se disfrutan durante la jornada laboral y con derecho a retribución.