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24/01/2024 18:22:19 REDACCIÓN FUERZAS DE SEGURIDAD 3 minutos

Sancionada una funcionaria por desconsideración con un ciudadano: le tuvo esperando más de dos horas para renovar su pasaporte

Atendió a un ciudadano que tenía cita previa y le cobró la tasa, pero no expidió el documento, ausentándose de su puesto de trabajo cuando finalizó su jornada sin comunicar a sus compañeros ni al Jefe la situación en la que se encontraba el pasaporte solicitado, cuya tramitación había interrumpido por un supuesto fallo informático que no resulta acreditado  

Sancionada una funcionaria por desconsideración con un ciudadano: le tuvo esperando más de dos horas para renovar su pasaporte

Se confirma la sanción de suspensión de funciones impuesta a una policía de una oficina de DNI y pasaportes que atendió a un ciudadano que tenía cita previa para la renovación de sus documentos, pero no tramitó el segundo a pesar de haber cobrado la tasa.

La funcionaria se ausentó de su puesto de trabajo cuando finalizó su jornada sin comunicar a sus compañeros o a su Jefe la situación en la que se encontraba el pasaporte solicitado, cuya tramitación había interrumpido por un supuesto fallo informático.

Incluso aceptando esta versión de los hechos, la desconsideración resulta de que, sabedora del error informático, y de que este podía suponer que los datos del ciudadano no quedasen registrados, y por ello no se iniciase la segunda parte del proceso de expedición (adjudicación de libreta, impresión y entrega), no confirmó que la parte del proceso del que era responsable había finalizado correctamente. Si ello no hubiera sido posible (porque el ordenador no reiniciase o cualquier otra circunstancia) debió comunicarlo a alguno de sus compañeros cuya jornada no hubiera finalizado, para que estuvieran al tanto de la situación y pudieran corregir cualquier incidencia, o al Jefe del Equipo con la misma finalidad. En todo caso, subraya la sentencia que debería haber informado al ciudadano del tiempo normal de espera, a fin de que este pudiera interesarse por el estado de la tramitación una vez transcurrido.

Señala el TSJ Madrid (Sentencia 1262/2023, de 7 de diciembre) que la sanción por desconsideración con un ciudadano no precisa la queja o denuncia del ciudadano en cuestión, pudiendo ser sancionada la conducta si por cualquier otra vía llega a conocimiento del órgano competente.

Por ello, en el caso, y aunque no consta que el ciudadano afectado interpusiera ninguna queja formal, es un hecho indiscutido que tuvo que esperar más de dos horas para la obtención de su pasaporte, sin razón que lo justificase, teniendo cita previamente concertada. Tuvo que esperar un tiempo totalmente anormal, sin que se pusiera remedio a su situación hasta que solicitó explicaciones por la tardanza al Jefe de Equipo, quien expresamente reconoció que tan anómala situación era imputable a la policía sancionada.

Critica la Sala que con su actuar la policía demostró desinterés por el ciudadano, conociendo que era posible que la tramitación iniciada no quedase registrada y que quedase esperando indefinidamente, como de hecho ocurrió.

Añade la sentencia que no puede pretender la sancionada descargar su responsabilidad alegando que otros tienen encomendada la labor de coordinación (Jefe de Equipo, Inspector Coordinador), pues a los mismos corresponde, en el ámbito de su responsabilidad, dar las órdenes necesarias para el mejor funcionamiento de la Unidad, pero difícilmente pueden coordinar una situación que desconocen. Como se ha visto, la policía se ausentó al finalizar su jornada sin comunicar a nadie la existencia de errores en su equipo, sin comprobar la correcta finalización del trámite, y sin encomendar a nadie que supervisara la situación, por lo que no cabe duda que actuó de forma desconsiderada.
 

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