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03/06/2024 15:31:34 TRIBUNAL SUPREMO/ REDACCIÓN TRIBUNAL SUPREMO 4 minutos

El Supremo desestima la demanda del youtuber "Un tío blanco hetero" contra los tuits de una activista feminista que le llamó "machista y violento"

El Alto Tribunal considera que la libertad de expresión ampara a la demandada por los comentarios de "troll" y "machista".

El Supremo desestima la demanda del youtuber "Un tío blanco hetero" contra los tuits de una activista feminista que le llamó "machista y violento"

El Tribunal Supremo desestima en una reciente sentencia el recurso del youtuber 'Un tío blanco hetero' que consideró vulnerado su honor por varios tuits publicados por una activista feminista donde le calificaba como “machista, troll y violento con las mujeres”. 

La Sala de lo Civil considera que la activista está amparada por la libertad de expresión teniendo en cuenta que no imputó al afectado la comisión de hechos o episodios concretos de violencia machista o abuso sexual. Asimismo, indica que el youtuber había destacado por ser especialmente crítico, incluso despectivo, con mujeres activas en el movimiento feminista, así como tolerante con la violencia verbal hacia mujeres en mensajes publicados por terceros en su canal de YouTube.

En un primer momento, la demanda del youtuber fue estimada por el Juzgado de Primera Instancia número 72 de Madrid, que consideró vulnerado su derecho al honor y condenó a la demandada a abonarle 1 euro de indemnización (cuantía que él había solicitado para reparar lo que consideraba daño moral genérico). Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid estimó el recurso de la activista del movimiento feminista y desestimó la demanda del youtuber, decisión ahora ratificada por el Supremo. 

"Fuertes críticas" contra determinadas activistas feministas

El demandante era un youtuber que, en el momento que sucedieron los hechos de este procedimiento tenía unos 250.000 seguidores. Periódicamente subía vídeos en los que intervenía interpretando un personaje llamado 'Un tío blanco hetero', cuya identidad no desvelaba.

Según relata la sentencia, en estos vídeos realizaba "fuertes críticas" hacia a algunas personas, en concreto hacia determinadas activistas feministas. 

En 2018 publicó un vídeo llamado "Fraudes académicos y derivados", donde criticaba determinados comportamientos y a determinadas personas del movimiento feministas. Entre esas personas se encontraba la demandada, una activista feminista con varias publicaciones y con presencia activa en medios de comunicación, conferencias y redes sociales. En el foro de comentarios a un vídeo donde hubo críticas a esta mujer, varios de los seguidores del canal de YouTube publicaron insultos y amenazas hacia ella. Comentarios que el youtuber no eliminó.

Posteriormente, la Universidad Europea de Cervantes organizó una mesa redonda sobre "Feminismo y género en la España de hoy" en la que intervino el youtuber. Esta invitación provocó que la activista criticase a través de su cuenta de Twitter su participación. "Quiero denunciar públicamente que instituciones universitarias como la @UEMC organicen mesas redondas para hablar de feminismo invitando a trols como 'un tío blanco hetero' que es machista y violento con las mujeres. Qué poca ética, qué poco feminista y qué insultante», denunciaba. "Invitar a una persona machista y violenta con las mujeres para hablar de valores y de feminismo es todo menos ético y feminista", continuó expresando.

Asimismo, ese mismo día la activista publicó otro tuit en el que incluía una foto del conocido como 'el prenda', un integrante del grupo 'la manada', quien llevaba una camiseta con el lema 'Un tío blanco hetero'. El mensaje decía: "'El prenda' con la camiseta de 'un tío blanco hetero', este es el nivel de los ponentes elegidos por la @UEMC para hablar de igualdad”.

Ante esta publicación, el demandante publicó un vídeo respuesta en su cuenta de YouTube, que generó varios comentarios, entre ellos insultos e incitaciones a actuar violentamente contra la demandada.

El Tribunal Supremo destaca en la sentencia que el contexto en el que se hicieron las manifestaciones “era de un enfrentamiento ideológico entre la demandada, que defendía determinadas ideas y planteamientos feministas, y el demandante, que se oponía radicalmente a esos planteamientos". En ese enfrentamiento, el youtuber "no solo había publicado un vídeo en el que criticaba y descalificaba a la demandada, identificándola con nombre y apellidos y reproduciendo una grabación de un acto público en el que intervenía la demandante, sino que además toleró que sus seguidores publicaran en el foro de su canal de YouTube comentarios insultantes y amenazantes para la demandada”, defiende.

Por tanto, la Sala de lo Civil considera que "la libertad de expresión ampara que la demandada hubiera calificado al demandante como troll y machista", y que la expresión "violento con las mujeres" utilizada por la activista feminista para calificarle "no resulta desproporcionada ni desconectada de la materia sobre la que versa el mensaje de la demandada, pues no se está refiriendo a que el demandante haya realizado concretos actos de violencia física respecto de alguna mujer en concreto, sino a que mantiene una conducta de agresividad gestual y verbal contra mujeres del movimiento feminista y permite que en su canal de YouTube se publiquen comentarios insultantes e incluso amenazadores contra esas mujeres lo que, a juicio de la demandada, puede ser calificado como violencia contra las mujeres", sentencia. Del mismo modo, la publicación sobre la fotografía de 'el prenda' también está amparada por las libertades de información y expresión. 
 

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