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05/08/2024 08:44:52 REDACCIÓN ROBO 4 minutos

Colocar marcadores para identificar las casas vacías en verano sí implica un delito de robo, aclara un tribunal

Poner marcadores durante los periodos vacacionales y señalar así dónde se puede entrar por ausencia del morador es penalmente relevante aunque el acto no integre el núcleo del tipo

Colocar marcadores para identificar las casas vacías en verano sí implica un delito de robo, aclara un tribunal

¿Es delito colocar marcadores de plástico en las puertas de las viviendas, con el fin de reconocer las casas que puedan estar vacías y así robarlas u ocuparlas? La Justicia entiende que sí: no hay que esperar a que los ladrones entren en casa, la mera colación del testigo de plástico ya implica, a ojos de la ley, la ejecución de un hecho punible. Así lo ha aclarado en una reciente sentencia la Audiencia Provincial de Navarra, que ha entendido que estos no son meros actos preparatorios, que no serían penables, sino una auténtica ejecución del delito, y por tanto, sí pueden dar pie a una condena. 

En el caso en cuestión, y según se recoge en los hechos de la sentencia, el día 20 de agosto de 2017 sobre las 02:55 horas, varios hombres merodearon por un bloque de pisos con la finalidad de seleccionar pisos en los que entrar a robar. Así, mientras uno de ellos se quedaba junto al portal vigilando la zona y los accesos al portal, el otro consiguió entrar edificio, colocando testigos plásticos en los pisos. 

El acusado fue detenido a la salida del inmueble por parte de agentes de la Policía Nacional que ya habían interceptado a su acompañante. Entre sus pertenencias la persona que acompañaba al acusado llevaba un trozo de plástico transparente  similar a los que el acusado había colocado en los pisos del  y un cortaúñas para poder cortar los plásticos. Asimismo, y pese a la hora, el teléfono de la otra persona, mientras estaba retenido por la policía, sonaba constantemente. 

¿Actos preparatorios? No

La doctrina y jurisprudencia se han esforzado por encontrar criterios seguros que permitan distinguir entre los auténticos actos de ejecución, de aquellos otros que son todavía actos preparatorios mediante los que se asienta la posibilidad de comenzar la verdadera ejecución de la conducta típica.

Pues bien, partiendo de esta delimitación, en el caso que se juzga, un robo en viviendas, en particular, un delito de conspiración para cometer robo con fuerza, para la Audiencia Provincial de Navarra es típica e integra de forma adecuada la colocación de “testigos” o marcadores de plástico trasparente en las puertas con el fin de seleccionar viviendas para posteriores robos que se ejecutarán durante los periodos vacacionales, porque con este acto se facilita el robo al señalar dónde se puede entrar por ausencia del morador.

Es innegable que la colocación de trozos de plástico en las puertas de las viviendas en periodos vacacionales, tiene por objeto la vigilancia de las mismas, a fin de poder determinar si están habitadas, seleccionado de esta forma los concretos pisos a los que entrar, con evidente finalidad de enriquecimiento ilícito.

Localizaron testigos de plástico en varias viviendas del edificio

Los cuerpos de seguridad son conocedores de la presencia de grupos de personas, denominadas baterías, especializados en la comisión de delitos de robos con fuerza en viviendas habitadas que se valen de ese modus operandi, es decir, utilizan marcadores para asegurarse de que la vivienda está desocupada y placas de radiografía o trozos de material de plástico duro que les sirven para aperturar las puertas de acceso a las viviendas, previamente seleccionadas con dichos marcadores que, si pasados unos días continúan en su sitio, denotan la ausencia del propietario y facilitan la comisión del delito.

El delito de conspiración se entiende cometido aun en ausencia de prueba de un concierto previo de cometer un robo con fuerza en casa habitada, o de la existencia de un plan concreto y determinado al respecto y mucho menos de la existencia de una decisión definitiva y firme de ejecutarlo. 

La Audiencia confirma la condena atendiendo a la testifical de los agentes de policía nacional que declaran que efectuando tareas de prevención, vieron al acusado hablando con los otros acusados. Además, los hechos tuvieron lugar a hora intempestiva, de madrugada, en el portal. Los agentes narraron que observaron a una persona controlar el entorno desde el exterior en actitud vigilante, mientras que el acusado, sin motivo, estaba en el interior del edificio. Localizaron testigos de plástico en varias viviendas del edificio y la noche siguiente armaron un dispositivo de vigilancia en el edificio del portal, donde fueron detenidos.

Aunque es cierto que se podía haber analizado la existencia de huellas o restos de ADN en los marcadores, la inmediatez entre la colocación y la detención, gracias al dispositivo policial, hace esta prueba innecesaria.

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