El Juzgado de lo Mercantil nº 5 ha acordado la terminación de la fase común del concurso de la empresa Air Madrid Líneas Aéreas S.A, iniciado en enero de 2007, sin necesidad de que se haya abierto la fase de convenio tras alcanzarse las mayorías necesarias en la propuesta presentada por la concursada.
El fallo establece, en líneas generales, que Air Madrid Líneas Aéreas S.A. debe proceder a la modificación de su denominación social y a la ampliación de su objeto social en los tres meses siguientes a la firmeza de la resolución aprobatoria del convenio. Además, establece que Optursa Management S.L. capitalizará convirtiéndolas en acciones de Air Madrid Líneas Aéreas S.A. una cuarta parte al menos de los créditos que ostenta contra la deudora, constituyendo el resto de su crédito frente a la misma en crédito subordinado de último grado. Y también indica los términos de la propuesta de pago de la totalidad de los créditos ordinarios originados por el pago de billetes de Air Madrid por vuelos programados a partir del día 15 de diciembre de 2006 y que no fueron realizados.
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