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25/03/2014 10:45:00 Redacción NJ Contaminación acústica 2 minutos

Condenada por contaminación acústica tras más de diez años de molestias a los vecinos por los ruidos de un establecimiento ilegal

La denunciante, que había formulado numerosas denuncias al respecto, sufrió en su domicilio durante más de diez años, contaminación acústica que procedía tanto de la maquinaria instalada en el local de la acusada, como de las celebraciones realizadas en el mismo, que generaban no sólo ruido ambiental, sino también música, producida por los equipos sonoros y orquestas, además del bullicio a sus puertas. Dicho establecimiento, además, carecía de la preceptiva licencia municipal de apertura y funcionamiento

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a dos años de prisión por un delito contra el medio ambiente (contaminación acústica) en concurso con otro de lesiones, así como a la pena de ocho meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, que asciende a una multa de casi 4.000 euros, a dos propietarias de un local en Bollullos Par del Condado (Huelva), a raíz de una denuncia presentada por una vecina de la localidad que padeció durante más de diez años en su vivienda los ruidos del establecimiento, a la que tendrán que indemnizar conjuntamente con 10.000 euros por las lesiones psíquicas sufridas y por las secuelas.

Según reza en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, tras alcanzar una conformidad entre las partes, la juez también las condena a la inhabilitación especial para realizar la profesión u oficio que desempeñaban cuando intervinieron en los hechos objetos del presente procedimiento por tiempo de un año y al pago de las costas.

La juez ha considerado probado que la denunciante, que formuló numerosas denuncias, sufrió durante diez años, desde el año 2000 hasta 2010, en su domicilio contaminación acústica que procedía tanto de la maquinaria instalada en el local como de las celebraciones realizadas en el citado salón, que generaban no sólo ruido ambiental, sino también música, producida por los equipos sonoros y orquestas, además del bullicio a sus puertas.

En 2010 el Ayuntamiento del municipio ordenó el cese de la actividad del establecimiento y la clausura definitiva total del mismo por carecer de la preceptiva licencia municipal de apertura y funcionamiento. A su vez, remarca la juez la existencia de medidas de ruidos realizadas en fecha 10 de enero de 2012 por los técnicos adscrito a las Agencias de Medio Ambiente y Agua de Andalucía que recogen los niveles de audios, que superan los límites legales.

Esta situación, según reza en la sentencia, ha producido en la denunciante una situación de graves trastornos somáticos y psíquicos, como insomnio, inquietud, agitación, aprehensión y ansiedad, por lo que finalmente esta sentencia ha sido condenatoria para ambas propietarias. (EUROPA PRESS)

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