La Justicia de Madrid ha desestimado la demanda de la aerolínea Ryanair contra el piloto de Iberia que cuestionó ante los medios de comunicación los tres aterrizajes forzosos por falta de combustible que aviones de la compañía se vieron obligados a efectuar en julio de 2012.
Según informó el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) en un comunicado, la Magistrada del Juzgado de Primera Instancia considera que el derecho al honor de Ryanair no habría sido vulnerado por las declaraciones del piloto de Iberia, que se limitó a “opinar sobre un hecho noticiable” –las tres emergencias por falta de combustible declaradas por sendos aviones de Ryanair el 26 de julio de 2012- sin que ninguna de ellas resultase “innecesaria, insultante o vejatoria”.
Las manifestaciones “atienden a una serie de acontecimientos cuya realidad no se ha cuestionado y que revelan que algo falló en la planificación de los tres vuelo”. Y prosigue: “si se tuvo que activar la alarma por combustible en el aeropuerto de Valencia es que las previsiones no fueron las adecuadas para atender situaciones como la producida –desvío de los aviones a otro aeropuerto por circunstancias meteorológicas-"..
De esta forma, el Juzgado considera que el demandado ejerció su derecho a la libertad de información y libertad, puesto que se limitó a "opinar sobre un hecho noticiable" sin que las afirmaciones fueran "innecesarias, insultantes o vejatorias", por lo que, en este caso, prevalecería sobre el derecho al honor.
Esta sentencia pone fin al proceso abierto en agosto de 2012, cuando la aerolínea de bandera irlandesa interpuso una demanda contra el Sepla y contra el piloto en particular por "difamación" sobre el tema de los aterrizajes de emergencia.
Por su parte, la unión sindical ha señalado que la sentencia avala la tesis que el colectivo ha mantenido desde el principio sobre la políticas de combustible de la compañía, recordando el resto de procesos judiciales en los que se ha visto inmerso Ryanair tras los sucesos del año pasado por el mismo supuesto de vulneración al honor. (EUROPA PRESS)