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25/11/2015 07:59:59 5 minutos

Convocada la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la Abogacía para 2016 (Orden PRE/2498/2015)

Se ha publicado la Orden PRE/2498/2015, de 24 de noviembre, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2016, de la que reseñamos su contenido más relevante.  

Se ha publicado la Orden PRE/2498/2015, de 24 de noviembre, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2016, de la que reseñamos su contenido más relevante.

Requisitos de los candidatos

Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos a la fecha en que se realice el examen:

a) Estar en posesión, del Título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación Cultura y Deporte e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 a 8 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.

c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de abogado.

Número de plazas

Esta convocatoria no contiene limitación alguna en cuanto al número de plazas.

Programa

El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el Anexo II de la convocatoria.

La prueba será única e idéntica para todo el territorio español.

Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Quienes deseen participar en la prueba deberán cumplimentar el modelo de solicitud de inscripción disponible en el portal web del Ministerio de Justicia y que se adjunta como Anexo I de la convocatoria.

La solicitud podrá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), utilizando como sistema de autentificación el sistema Cl@ve. Dentro de esta plataforma, se admitirá DNI electrónico, certificado electrónico reconocido y los sistemas Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente para la identificación de los aspirantes.

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones de igualdad, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional 5.ª de la Ley 34/2006 y en el artículo 2.2 de su Reglamento.

Derechos de examen

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.

Desarrollo de la prueba

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, y tendrá una duración de 4 horas.

Tendrá como base el programa orientativo de materias que se contiene en el Anexo II de la convocatoria.

La prueba constará de:

a) 50 preguntas sobre las materias que figuran en el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado» del Anexo II de la presente convocatoria.

b) 25 preguntas sobre una especialidad jurídica a elegir entre las cuatro que figuran en el apartado B, «Materias específicas», del Anexo II de la presente convocatoria.

c) Además, el cuestionario incluirá seis preguntas de reserva para el apartado A «Materias comunes ejercicio de la profesión de abogado» del Anexo II de la presente convocatoria, y dos por cada especialidad jurídica del apartado B, «Materias específicas» de citado anexo II.

La hoja de respuestas estará dividida en dos partes: una primera parte de 50 respuesta, cada una con 4 respuesta alternativas de las que sólo una es la correcta, que se referirán a las materias relacionadas con el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado» y una segunda parte con cuatro bloques de 25 respuestas cada bloque y cada una con 4 alternativas de las que igualmente sólo una de ellas es correcta, con la mención en la parte superior de la especialidad jurídica de que se trate.

En esta segunda parte, los aspirantes únicamente deberán elegir una especialidad jurídica entre las cuatro posibles.

En los supuestos en los que en la hoja de respuestas se conteste a más de una especialidad jurídica, o no se señale ninguna especialidad jurídica o se cumplimente de forma incorrecta, el aspirante resultará eliminado automáticamente de la prueba.

No estará permitido el uso de textos legales ni manuales jurídicos ni otros documentos de apoyo, ni de dispositivos con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos.

Evaluación

El cuestionario se valorará sobre una escala de 0 a 75 puntos, obteniéndose 1 punto por cada respuesta correcta, descontándose 0,33 puntos por cada respuesta incorrecta y no obteniendo ninguna puntuación las preguntas no contestadas.

La calificación total se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas.

Calificación de la evaluación

La nota final de la evaluación será de apto o no apto.

La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30% de la nota obtenida en el master o curso de formación especializada, no siendo necesario obtener una nota mínima en la prueba de evaluación para efectuar la media ponderada.

Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.

La calificación de no apto no impedirá la participación en futuras convocatorias.

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