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25/01/2016 11:33:43 Derecho civil vasco 2 minutos

Los gobiernos central y vasco acuerdan una interpretación del art. 117 de la ley del Derecho Civil vasco sobre testamento abistestato

Con este acuerdo, ambas partes consideran solventadas las discrepancias competenciales suscitadas en relación con el art. 117 de la Ley de Derecho Civil vasco, que establece que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco sustituye como beneficiaria al Estado y a la Diputación foral correspondiente, en todos los casos de sucesión legal o intestada.

El Boletín Oficial del País Vasco de hoy publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Según este acuerdo, ambas partes consideran solventadas las discrepancias competenciales suscitadas en relación con el art. 117 de dicha Ley 5/2015, que dispone que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco sustituya al Estado y a la Diputación correspondiente como beneficiario para todos los casos de sucesión legal o intestada.

El acuerdo alcanzado lo es en los siguientes términos:

“En relación con las discrepancias manifestadas sobre el artículo 117 de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, dictado en virtud del artículo 10.5 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, ambas partes consideran que el mismo ha de interpretarse en el marco de la regulación que, sobre la declaración de heredera abintestato de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se contempla en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.”

De esta manera, en los casos de fallecimiento de una persona sujeta al Derecho Civil Vasco, en los que no hay testamento ni personas herederas legítimas -sucesión abintestato- la heredera será la Administración General de Euskadi, quien a su vez será la encargada de repartir los bienes a partes iguales entre ella misma, la Diputación Foral del territorio y el municipio en los que la persona fallecida haya tenido su última residencia, de tal forma que a cada una de estas instituciones les corresponda un tercio de lo heredado.

Satisfacción del Gobierno Vasco

El acuerdo, firmado por el consejero de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, y el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, llega tras cinco meses de negociación en el seno de la Comisión Bilateral Estado-País Vasco.

Con él, el Gobierno vasco ha conseguido que el Gobierno central no recurra ante el TC la Ley civil vasca, aprobada de forma mayoritaria por el Parlamento autonómico.

"Es importante porque el Gobierno español reconoce que la competencia para desarrollar el derecho civil vasco, es exclusiva de Euskadi, tal y como señala el artículo 10.5 del Estatuto de Gernika. Además, respeta la capacidad del Parlamento vasco para decidir el ámbito territorial afectado por la nueva Ley de Derecho Civil vasco", han destacado.

En este sentido, el Gobierno vasco lamenta que hayan sido necesarios cinco meses de negociación bilateral para que el Ejecutivo español reconozca una competencia claramente recogida, desde hace casi 30 años, en el Estatuto de Gernika. Además, el Gobierno vasco recuerda que esta ley nació a iniciativa de la mayoría de los Grupos Parlamentarios, PNV, PSE y PP, y goza de "amplísimo consenso en el ámbito del Derecho en Euskadi". (EUROPA PRESS y Redacción NJ)

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