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21/09/2016 16:48:24 Trabajadores interinos 14 minutos

Se suceden las reacciones a la sentencia del TJUE sobre el derecho a indemnización de los trabajadores interinos

Gobierno, patronal, sindicatos, partidos políticos y expertos, han manifestado sus diferentes interpretaciones sobre un fallo que está destinado a introducir importantes modificaciones en nuestra legislación laboral.

La sentencia del TJUE de 14 de septiembre de 2016 (asunto C-596/14, de Diego Porras), que declara contraria al derecho de la Unión Europea la norma española que niega la indemnización para los trabajadores interinos al finalizar su contrato, está levantando numerosas reacciones en todos los interlocutores sociales.

Gobierno, patronal, sindicatos, partidos políticos y expertos, han manifestado sus diferentes interpretaciones sobre un fallo que está destinado a introducir importantes modificaciones en nuestra legislación laboral.

Además, los expertos no parecen ponerse de acuerdo sobre el alcance de la sentencia y sus consecuencias. Aspectos como si solo tiene efectos para el caso concreto, o es de alcance general; el tipo de contratos a los que afecta (solo interinos o también temporales de otro tipo); la necesidad que implica de reformar la legislación laboral o sus efectos temporales, siguen pendientes de clarificación.

El Gobierno analiza el alcance del fallo y descarta su relación con la reforma laboral

El gobierno, por medio del Ministerio de Empleo y Seguridad Social está analizando el alcance y las implicaciones de la sentencia, desde el acatamiento a la misma, según ha asegurado la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Soraya Sáez de Santamaría.

Una vez analizado este impacto,  cuando exista un Gobierno con plenas funciones y si éste lo ve conveniente, podrá tomar las decisiones que estime oportunas, ha señalado el secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo, que también ha apuntado que esta madida también podría llevarla adelante el propio Parlamento.

Por el momento, Riesgo ha indicado que el fallo tiene efectos jurídicos "esencialmente" sobre los casos concretos planteados (trabajadores interinos).

Riesgo ha subrayado también que la sentencia deja claro que pueden existir diferentes modalidades de contrato, como así ocurre en España y en multitud de países, algo "perfectamente factible" de acuerdo con la normativa europeo.

Además, ha añadido que el fallo "nada tiene que ver" con la reforma laboral, pues este asunto está regulado en el Estatuto de los Trabajadores que se aprobó en 1980, por lo que lleva 36 años sin modificarse.

Por último ha recordado que en el acuerdo de investidura entre el PP y Ciudadanos ya se abordaba este asunto, solventándolo con el establecimiento de un único contrato temporal con condiciones semejantes para todos, lo que llevaría a los interinos a tener las mismas condiciones que el resto de trabajadores temporales.

CEOE: la sentencia resuelve un caso concreto y contiene errores conceptuales

La patronal CEOE ha advertido de que la sentencia del TJUE se refiere a un caso en concreto, pero "no es extrapolable" al resto de los trabajadores. No obstante, ha matizado que si otro trabajador plantease una situación análoga ante la justicia se podría recurrir a la sentencia en el transcurso judicial.

Así lo ha señalado en declaraciones a Europa Press el director del departamento de Relaciones Laborales de CEOE, Jordi García Viña, quien ha explicado que la sentencia europea parte de dos premisas que "nunca han sido ciertas", como el concepto legal e ilegal de la indemnización, ya que en España hay un listado de causas que permiten la extinción y de éstas cierto número cuenta con su propia indemnización.

Además, ha negado que haya diferencias en la extinción de los contratos entre los trabajadores temporales e indefinidos, puesto que cuando una empresa lleva a cabo un ERE se incluyen en el mismo empleados con ambas modalidades contractuales y cobran su indemnización "con el mismo criterio".

Esta misma situación se repite cuando un trabajador es despedido por una empresa y el juez dictamina que es improcedente, caso en el que la indemnización a percibir es "exactamente la misma" si se trata de un contrato indefinido o temporal, ha apuntado García Viña.

En todo caso, García Viña ha apuntado que esta sentencia podría constituir "un elemento más" para poder plantear la reforma de la norma laboral o, como reclaman desde la patronal y los sindicatos, del Estatuto de los Trabajadores.

A este respecto, ha recordado que España cuenta con un régimen jurídico "como mínimo" desde el Estatuto de los Trabajadores de 1980 y era "absolutamente pacífico", si bien el TJUE "utiliza conceptos difícilmente aplicables en España y descubre una discriminación entre temporales e indefinidos que a nuestro juicio no existe".

Errores conceptuales

Por otra parte, según las "reflexiones técnicas" realizadas por expertos de la CEOE a las que ha tenido acceso Europa Press, la sentencia contiene "errores" conceptuales:

En concreto, la patronal considera que el fallo contiene dos errores de concepto, pues no existe en España una indemnización legal y otra ilegal ni diferencias en cuanto a la extinción laboral entre trabajadores indefinidos y temporales.

"En España, a todos los trabajadores, tengan contrato temporal o indefinido, se les aplica el mismo régimen jurídico y la misma extinción cuando ésta se considera despido disciplinario, extinción por causas objetivas o despido colectivo: 20 días en caso de procedencia y 33, en caso de improcedencia", señalan los expertos de la organización empresarial.

Además, en el caso de los trabajadores temporales, CEOE asegura que el régimen español "cumple totalmente con la normativa europea", pues sólo se permite la contratación por determinadas causas, el encadenamiento de contratos está limitado y existe una sanción en caso de contratos fraudulentos.

La patronal recuerda que los contratos temporales de obra o servicio y los eventuales tienen en España una protección superior al resto de países de la Unión Europea, al contemplar una indemnización por fin de contrato de 12 días, "con el objeto de desincentivarlos", según la CEOE.

"El sistema de extinción del contrato de trabajo, en todos los países de la Unión Europea, es esencialmente nacional y se fundamenta en la tradición, teniendo en cuenta que en la mayoría de los países el sistema no ha variado sustancialmente, salvo por la incorporación de determinadas directivas europeas, principalmente, las de despido colectivo", subrayan los expertos empresariales.

CC.OO. y UGT piden una reforma urgente de la legislación

Por su parte, las centrales sindicales CC.OO. y UGT han pedido al Gobierno una reforma urgente del Estatuto de los Trabajadores para adaptarlo a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El sindicato CC.OO. ha señalado tras conocer las sentencia que la legislación laboral española "discrimina" a casi cuatro millones de trabajadores temporales y ha anunciado que promoverá acciones judiciales para asegurar el pago de las diferencias económicas a todas las personas afectadas por una extinción de su contrato temporal en el último año.

"No es necesaria ninguna reforma legal para habilitar que los tribunales puedan reconocer, en el curso de un proceso laboral, el abono de una indemnización de 20 días ante la extinción de cualquier contrato temporal. Esta medida se aplica a todos los contratos temporales que se han suscrito y que están vigentes, o que se celebren en el futuro. Pero también comprende a todos los contratos temporales que se han extinguido con anterioridad a la fecha de la sentencia, con el único límite de que no haya transcurrido un año desde que tuvo lugar dicha extinción", explica CC.OO.

Por su parte, UGT ha advertido de que, si no se acomete este reforma del Estatuto de los Trabajadores, recurrirá a los grupos parlamentarios y al Parlamento para que la legislación española se corrija vía proposición de ley.

Según la secretaria de Política Social, Empleo y Seguridad Social de UGT, Mari Carmen Barrera, esta sentencia "representa una enmienda a la reforma laboral española por discriminatoria".

"La sentencia pone en cuestión tanto las indemnizaciones a la finalización de la relación laboral como la debilidad en la causalidad de los despidos. Con este fallo, los trabajadores temporales podrán reclamar una indemnización de 20 días al finalizar su contrato, y aquellos que estén en fraude de Ley -ocupando un puesto fijo, pese a tener un contrato temporal- podrán reclamar hasta 33 días por año trabajado", sostiene UGT.

El sindicato aclara que la sentencia del TJUE no está estableciendo un contrato único, sino corrigiendo una "discriminación" en materia de indemnizaciones.

El gabinete jurídico de UGT está analizando con detalle ésta y otras sentencias del Tribunal de Justicia Europeo para evaluar las consecuencias que tienen para los trabajadores, y ver cómo encauzar las demandas sobre sobre los posibles efectos retroactivos.

CSIF defenderá el pago de indemnizaciones por fin de contrato para los trabajadores de las AAPP

En un comunicado hecho público después de conocerse la sentencia, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha reclamado una oferta de empleo público que evite el "abuso" de la contratación de personal interino y ha advertido de que defenderá el pago de indemnizaciones por fin de contrato para los trabajadores de las Administraciones Públicas.

"Las sentencias europeas que se han dado a conocer ponen de manifiesto la discriminación en el ámbito de las indemnizaciones por cese de contrato y en el caso de las administraciones reflejan el abuso en la contratación de personal interino en plazas que deberían contar con un puesto fijo para ofrecer la calidad de los servicios que requieren los ciudadanos", subraya en un comunicado.

Según cálculos de CSIF, las Administraciones Públicas españolas tienen cerca de 300.000 personas ocupando un puesto temporal para cubrir la ausencia total o parcial de un trabajador. La tasa de interinidad se acerca, por tanto, al 11%, aunque en algunos sectores como la Educación, la Sanidad o la Justicia alcanza el 20%.

El sindicato considera que la Administración debe, por un lado, equiparar las indemnizaciones del personal temporal (12 días por año trabajado) en el ámbito privado con los trabajadores temporales de la Administración Pública y pedirá que esta cuestión se incluya como normativa básica dentro de la Administración Pública.

En segundo lugar, CSIF reclamará un estudio "en profundidad" del personal público con el fin de implantar una oferta de empleo que en un plazo de cuatro años permita reducir a la mitad la contratación de personal interino.

PSOE urge a adaptar la ley al fallo sin rebajar la indemnización por despido de los fijos

Por parte de los partidos políticos, el PSOE ha pedido que se cambie la legislación laboral española "cuanto antes", eso sí, aproximando "gradualmente" la indemnización de los contratos temporales a la de los indefinidos, sin rebajar esta última.

El portavoz de Empleo en el Congreso, Rafael Simancas, ha recordado, a través de una nota de prensa, que en 2010 el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero elevó de 8 a 12 días la indemnización por contrato temporal y que su partido aboga por "limitar estrictamente la contratación temporal a las actividades que lo requieran, acabando con el abuso actual".

En este contexto, ha dejado claro que al adaptar la legislación española a la sentencia europea lo que se debe hacer es tender a generalizar la indemnización por despido que corresponde a los indefinidos y no al revés. Además, ha recalcado que "el interinaje debiera reservarse solo para suplir excedencias, no para resolver precariamente los déficits de personal", ha manifestado.

Por todo ello, Simancas ha señalado que el fallo les reafirma en la necesidad de aprobar un nuevo Estatuto de los Trabajadores. "Viene a confirmar aquello que el PSOE lleva tiempo planteando, la necesidad de emprender un diálogo social para aprobar un nuevo Estatuto de los Trabajadores", ha declarado.

El portavoz socialista ha lamentado que nueve de cada diez contratos nuevos sean temporales y ha hecho un llamamiento para "recuperar los derechos laborales y la calidad, la dignidad de los empleos, que cinco años de gobiernos del PP han recortado de una manera drástica".

Rivera "No hay que respetar la sentencia, hay que aplicarla"

El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, ha replicado a la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Soraya Sáez de Santamaría, que "no sólo hay que respetar la sentencia" del Tribunal de Justicia Europeo sobre las indemnizaciones por despido, como esta afirmó que hace el Gobierno, sino que "hay que aplicarla".

En rueda de prensa en el Congreso, Rivera considera que esa sentencia "da la razón" a los planteamientos de su partido y ha instado a adaptar la legislación "para dar certidumbre y seguridad jurídica" pero, eso sí, ha pedido ir "más allá". "Queremos un nuevo marco laboral, moderno, con protección a los trabajadores y sin trabajadores de primera y de segunda", ha recalcado.

Asimismo, ha presumido de que su partido se anticipó al fallo del Tribunal de Justicia Europeo en los acuerdos alcanzados con el PSOE y el PP para la investidura de Pedro Sánchez y Mariano Rajoy respectivamente para reducir los tipos de contrato de 40 a tres y acabar con los contratos interinos "precarios".

"La precariedad no la queremos ni en el sector público ni en el privado, pero que sea la Administración Pública la que más ejerce este tipo de contratos nos parece grave", ha manifestado el líder de la formación naranja.

Por otra parte, el portavoz económico de la formación naranja en el Congreso, Toni Roldán, ha celebrado la decisión judicial por "ayudar a acabar con la discriminación" que supone, a su juicio, el actual marco laboral.

"Es injusto que personas que están realizando el mismo trabajo tengan derechos distintos", ha declarado, antes de manifestar que "la vía" para acabar con esas diferencias "es el contrato estable: igualar los derechos de todos los trabajadores con un mismo contrato".

"Hablamos de un contrato estable, con indemnización creciente que permita igualar la protección y que por tanto acabe la discriminación", ha dicho. Sin embargo, Roldán no ha querido aclarar si su grupo defiende, como hacen PSOE y Unidos Podemos, que la unificación de derechos acabe rebajando la protección de los trabajadores.

En todo caso, ha rechazado que los cambios necesarios en la legislación española se limiten al tipo de contratación, y ha recordado que la propuesta de su partido pasa también por implantar un complemento salarial y mejoras en la formación.

Sagardoy; el fallo del TJUE "marca un antes y un después"

Por lo que a los expertos se refiere, el abogado Juan Antonio Sagardoy ha asegurado este martes que la sentencia del Tribunal de Justicia "marca un antes y un después" y, aunque "no obliga a cambiar la legislación española", los tribunales tendrán que ajustarse a dicha interpretación.

"Es una sentencia muy relevante. Ahora vendrá la interpretación de la interpretación, pero está claro que marca un antes y un después. Lo que dice la sentencia es que cuando un trabajador interino que hace las mismas funciones que el sustituido termina su contrato tiene que ser indemnizado igual que lo haría con el fijo", ha explicado en declaraciones a Onda Cero recogidas por Europa Press.

Sagardoy ha recordado que existen varias indemnizaciones en la legislación española cuando cesa la relación laboral: 12 días por año trabajado para los contratos temporales, 20 días por año para los indefinidos que son despedidos de manera procedente y 33 días por año para los indefinidos que han sufrido un despido improcedente.

"Y la indemnización es cero cuando se trata de un trabajador en formación o aprendizaje o interino, pero por lo menos en la interinidad sí tendrá que haber indemnización según esta sentencia", explica.

"Hay que tomar buena nota de esta sentencia. No es obligatoriamente vinculante, pero los tribunales españoles deben ajustarse a ella", ha insistido Sagardoy.

Pizarro aboga por ir acercando las condiciones laborales de temporales y fijos

Por último, el expresidente de Endesa, exdiputado del PP y actual consejero de El Corte Inglés, Manuel Pizarro, ha afirmado que hay que buscar una mayor "asimilación" entre todo tipo de trabajadores al ser preguntado por el fallo del TJUE que aboga por indemnizar a los trabajadores interinos cuando finaliza su contrato.

"Hay que poner orden en el caos que tenemos con no sé cuántos contratos y ser justos con la gente que tiene poca protección frente a los que están muy protegidos. Hay que buscar una mayor asimilación de todo tipo de trabajadores. Ir acercándolos y normalizando la situación", ha dicho en declaraciones a la cadena Cope recogidas por Europa Press.

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