Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
21/02/2017 09:49:08 A. Vigil Hochleitner DERECHO DE LA UE 6 minutos

La presentación de cuestiones prejudiciales ante el TJUE bate récords

Según los datos estadísticos, de todos los asuntos interpuestos ante el órgano judicial en 2016, 470 están relacionados con peticiones de decisión prejudicial procedentes de jueces nacionales. España se ha visto afectada por resoluciones a cuestiones prejudiciales planteadas desde otros Estados miembros. El caso más reciente es el del IVA del turno de oficio, que ha generado toda una gran revolución en la abogacía española.

Las cuestiones prejudiciales planteadas desde los diferentes Estados de la UE ante el Tribunal de Justicia europeo están marcando máximos históricos.  De todos los asuntos interpuestos ante el órgano judicial en 2016, 470 están relacionados con peticiones de decisión prejudicial procedentes de jueces nacionales. Según explica el tribunal, que ha presentado los datos estadísticos de 2016, constituye una cifra récord en la historia del órgano judicial, y “refleja la importancia del procedimiento prejudicial en la construcción del Derecho de la Unión Europea y la confianza depositada por los órganos jurisdiccionales nacionales en esta forma de cooperación judicial a efectos de la interpretación y aplicación uniformes de ese Derecho”.

Precisamente, en los últimos tiempos se han producido importantes fallos judiciales por parte del TJUE a raíz de cuestiones prejudiciales planteadas por los jueces españoles. Las cláusulas suelo, el despido de interinos, e incluso el denominado derecho al olvido han obtenido una respuesta desde el tribunal europeo con una incidencia enorme en el panorama económico y político español y, en muchos casos, también con efectos relevantes para otros países de la Unión, como sucede con el caso del derecho al olvido.

También España se ha visto afectada por resoluciones a cuestiones prejudiciales planteadas desde otros Estados miembros. El caso más reciente es el del IVA del turno de oficio, que ha generado toda una gran revolución en la abogacía española. La Dirección General de Tributos cambió su criterio el pasado mes de enero y pasó a declarar que los servicios prestados por el turno de oficio estaban sujetos a IVA a raíz de una sentencia del TJUE que daba respuesta a una cuestión prejudicial planteada desde Bélgica.

Mayor rapidez de respuesta: 14,7 meses de media

Los tiempos de respuesta también son una cuestión clave a la hora de valorar el funcionamiento de los órganos judiciales y sus niveles de eficiencia. Y, en este sentido, los datos estadísticos arrojan algunas buenas cifras.

En el caso de las cuestiones prejudiciales, la duración media de los procedimientos ante el Tribunal de Justicia fue, en 2016, de 15 meses, lo que constituye la menor duración registrada desde hace más de treinta años. En cuanto a los recursos de casación, el tiempo medio de respuesta fue de 12,9 meses, siendo también el menor alcanzado desde la creación del tribunal. Considerando en conjunto todas las materias, la duración global de los procedimientos asciende a 14,7 meses.

El Tribunal de Justicia pudo terminar 704 asuntos en 2016, lo que representa un incremento del 14% respecto de 2015. Esto supone que resolvió más asuntos de los que recibió durante el año transcurrido (692), algo que, según el órgano judicial, revela una notable productividad y se traduce también en una disminución del número de asuntos pendientes a 31 de diciembre de 2016 (872).

Último año del Tribunal de la Función Pública

El año transcurrido estuvo marcado por una actividad sostenida en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así, el número global de asuntos terminados en 2016 permanece en un nivel elevado (1 628 asuntos). Por otra parte, 2016 ha sido el último año de existencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea. Este Tribunal se disolvió el 1 de septiembre de 2016 y la competencia para conocer, en primera instancia, de los litigios entre la Unión y sus funcionarios o agentes se transfirió al Tribunal General de la Unión Europea. De enero a agosto de 2016, dicho órgano jurisdiccional resolvió 169 asuntos.

Más asuntos, pero menos tiempo de resolución

En el caso del Tribunal General, el examen de las estadísticas judiciales revela esencialmente un doble fenómeno: el incremento del número de asuntos interpuestos y del número de asuntos pendientes, por un lado, y la notable reducción de la duración de la instancia, por otro.

Esta mejora en la duración de los procedimientos es relevante, teniendo en cuenta las sentencias dictadas recientemente por el Tribunal de Justicia de la UE en las que se condena a la Unión por los retrasos en la resolución de asuntos del propio tribunal. Ya son varias las resoluciones que reconocen el derecho de las empresas afectadas por los retrasos a ser indemnizadas por los daños materiales y morales causados, si bien las cantidades económicas que está reconociendo el tribunal son notablemente inferiores a las que demandaban los afectados.

En cuanto al número de asuntos interpuestos ante el Tribunal General, este dato registró un aumento del 17%, pasando de 831 asuntos en 2015 a 974 en 2016, debido, en gran medida, según explica el órgano judicial, al traspaso de la competencia para conocer en primera instancia de los litigios en materia de Función Pública de la Unión (que representan, por sí solos, 163 asuntos). El número de asuntos pendientes aumentó en proporciones similares, pasando de 1.267 asuntos en 2015 a 1.486 asuntos en 2016.

Productividad

En cuanto a la productividad del órgano jurisdiccional, ésta se inscribe, por su parte, en la continuación de los resultados alcanzados desde 2013, con un número de asuntos resueltos que se sitúa entre los tres mejores del órgano jurisdiccional desde su creación (755 asuntos resueltos). El órgano judicial lo explica de la siguiente manera: “La disminución observada en comparación con los años 2015 y 2014 se explica por el efecto combinado del saneamiento del retraso (en particular, en 2015), la renovación trienal de la composición del Tribunal General y la reorganización interna del órgano jurisdiccional requerida por la integración de los nuevos Jueces, que no pueden contribuir de manera visible ni sustancial a la productividad del órgano jurisdiccional durante los primeros meses de su mandato”.

Tal y como se señalaba anteriormente, el principal indicador de resultado que constituye la duración de la instancia prosigue su tendencia favorable. La dinámica de reducción de la duración de los procedimientos observada desde 2013 registra una nueva confirmación, con una media global de 18,7 meses (asuntos resueltos mediante sentencia o auto, considerando todas las materias), es decir, una reducción de 1,9 meses respecto de 2015 y de 8,2 meses respecto de 2013.

Por otra parte, según continúa explicando el órgano judicial europeo, debido concretamente a la reorganización del Tribunal General y a las nuevas posibilidades abiertas por la ejecución de la reforma de la arquitectura jurisdiccional de la Unión Europea, el número de asuntos remitidos a una formación de cinco jueces ascendió a 29 en 2016, siendo así que la media anual observada en relación con tales remisiones entre 2010 y 2015 era inferior a 9 asuntos al año.

Los asuntos sobre propiedad intelectual aumentan un 11%

Por último, el Tribunal de Justicia de la UE señala que la evolución del contencioso estuvo marcada por la progresión de los asuntos de propiedad intelectual (con un aumento del 11%), el traspaso de la competencia para conocer en primera instancia de los asuntos de Función Pública de la Unión (123 recursos remitidos del Tribunal de la Función Pública al Tribunal General el 1 de septiembre y 40 recursos nuevos interpuestos hasta el 31 de diciembre de 2016, es decir, un total de 163 asuntos que supone casi un 17% de los asuntos interpuestos), la disminución relativa del número de asuntos en materia de medidas restrictivas (28 asuntos interpuestos en 2016), el mantenimiento en un nivel elevado de los asuntos de ayudas de Estado (76 asuntos) —en particular, por lo que se refiere a la fiscalidad de los Estados miembros— y la aparición de una nueva fuente de contencioso relativa a la aplicación de las normas de supervisión prudencial respecto de las entidades de crédito.

Te recomendamos