Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
09/08/2017 10:36:00 Turismo 2 minutos

Contenido y novedades del Decreto ley 3/2017 de 4 de agosto, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, y de medidas para afrontar la emergencia en materia de vivienda en las Illes Balears.

Modificación de la Ley de Turismo de Baleares y declaración de la situación de emergencia en materia de vivienda

El día 8 de agosto el Boletín Oficial de las Islas Baleares ha publicado el Decreto ley 3/2017 de 4 de agosto, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, y de medidas para afrontar la emergencia en materia de vivienda en las Illes Balears del que, a continuación, reseñamos los aspectos más relevantes:

Entrada en vigor

El mismo día de su publicación, el 8 de agosto

Objeto de la norma

La Ley 6/2017, de 31 de julio, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears, relativa a la comercialización de estancias turísticas en viviendas, no contempló la modificación del artículo 49. Esta no modificación provoca que la Ley de turismo carezca de la coherencia necesaria que tiene que tener una norma jurídica, dado que este artículo solo posibilita la comercialización turística de dos tipologías edificatorias: las viviendas unifamiliares aisladas y los pareados, aunque el resto del texto, incluida la exposición de motivos, habla de la admisión condicionada de otras tipologías, en clara referencia a los edificios plurifamiliares integrados por más de dos pisos. Para enmendar esta incoherencia, cosa que se considera urgente dada la trascendencia de la norma para las islas, es necesario, mediante este Decreto ley, introducir la redacción del artículo 49 en los términos que tenía el Proyecto de ley.

Vistas las dificultades de la ciudadanía de acceso a la vivienda se hace necesario establecer un procedimiento regulado que permita declarar la emergencia en materia de vivienda para las zonas afectadas, en caso de que se acredite objetivamente esta situación de grave dificultad de acceso a la vivienda. El presente Decreto ley trata pues, también, de dar una respuesta a la situación y fija un mecanismo ágil que permitirá adoptar medidas que establezcan una respuesta adecuada, proporcionada e inmediata a estas dificultades, mientras no se haya completado la tramitación de la ley reguladora de la vivienda en el ámbito de las Illes Balears. La declaración de emergencia en materia de vivienda posibilitará la aprobación de planes de acción específicos sobre las zonas más afectadas por esta necesidad de vivienda, que establecerán el conjunto de medidas más adecuadas para dar una respuesta adecuada a las dificultades que se identifiquen.

Norma afectada:

Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.

 

Te recomendamos