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27/10/2017 10:21:52 REDACCIÓN EMPRESAS 9 minutos

Fomento de iniciativas empresariales en Galicia mediante la gestión del suelo empresarial

La Ley 5/2017 de 19 de octubre, publicada este miércoles en el boletín oficial de la comunidad autónoma, trata de fomentar la implantación de iniciativas empresariales en Galicia a través de medidas que faciliten el desarrollo, acceso y gestión del suelo empresarial. Esta  aplicable a las iniciativas de los sectores industrial, de servicios relacionados con el sector industrial y comercial que precisen para su implantación el uso del suelo mediante establecimientos o instalaciones de carácter permanente.  

La Ley 5/2017, de 19 de octubre , tiene por objeto fomentar la implantación de iniciativas empresariales en Galicia a través de medidas que faciliten el desarrollo, acceso y gestión del suelo empresarial, mejorar la normativa de aplicación a dicha implantación y la previsión de los oportunos incentivos y coordinar las actuaciones en este campo de las diferentes consejerías de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de los ayuntamientos.

Es aplicable a las iniciativas empresariales de los sectores industrial, de servicios relacionados con el sector industrial y comercial que precisen para su implantación el uso del suelo mediante establecimientos o instalaciones de carácter permanente.

Régimen jurídico del suelo empresarial

En primer lugar, la norma contiene el régimen jurídico del suelo empresarial. Para facilitar un desarrollo más ágil del mismo, se reducen los plazos de tramitación de los proyectos sectoriales incluidos en el Plan sectorial de áreas empresariales de Galicia y en sus modificaciones cuando concurran razones de urgencia apreciadas por el Consello de la Xunta de Galicia; y se permite el desarrollo parcial de áreas empresariales incluidas en el Plan sectorial de áreas empresariales de Galicia y la ejecución y utilización por fases de los proyectos sectoriales de iniciativa pública, cuando no se contemple la división del ámbito en polígonos y el sistema de actuación sea el de expropiación.

Por otra parte, se crea el Censo de suelo empresarial de Galicia, registro público de naturaleza administrativa que tiene como finalidad conocer el suelo realmente disponible y el grado de ocupación de las áreas empresariales existentes en la Comunidad Autónoma, al objeto de que sea un instrumento de evaluación, planificación y actualización de las necesidades de suelo empresarial en Galicia. Además se recoge un régimen sancionador en caso de incumplimiento por parte de los promotores de la obligación de inscripción en dicho Censo de las áreas empresariales que tengan parcelas disponibles para su comercialización, así como de las áreas empresariales para su inmediato desarrollo.

Y se contempla la posibilidad de firmar convenios entre las entidades integrantes del sector público autonómico con competencias en esta materia y los ayuntamientos, para que éstos desarrollen áreas empresariales en el supuesto de que no dispongan de los medios necesarios, aprovechándose el conocimiento técnico y la experiencia de dichas entidades en la promoción y gestión del suelo empresarial.

Acceso al suelo empresarial

Con la finalidad de facilitar el acceso al suelo empresarial, la ley incorpora medidas tales como la aprobación de programas de incentivos, incluyendo bonificaciones en los precios, adjudicación en derecho de superficie con opción de compra o derechos de adquisición preferente a favor de las personas titulares de las parcelas colindantes que permitan la consolidación de una implantación empresarial ya existente; las adjudicaciones directas para los denominados proyectos empresariales singulares; la flexibilización de los requisitos para la declaración de proyectos industriales estratégicos; y el pago aplazado del precio del suelo sin repercusión de intereses durante los primeros cuatro años, a contar desde la fecha de formalización de la venta, con un periodo de carencia de un año.

Y para la gestión de las áreas empresariales se concretan las competencias para su mantenimiento y conservación y se regula la asunción de funciones por parte de las entidades asociativas de gestión en la prestación de servicios en las mismas y los convenios para la mejora de las infraestructuras, equipamientos, dotaciones y servicios de las áreas empresariales.

Fomento de iniciativas empresariales y modificación de normativa sectorial

Por lo que respecta al fomento de la implantación de iniciativas empresariales, la Ley se ocupa de la tramitación ambiental conjunta de proyectos de actividades sometidas a autorización ambiental integrada y a evaluación de impacto ambiental; de la coordinación del otorgamiento de la autorización ambiental integrada con los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y otros medios de intervención administrativa de competencia autonómica; de la regulación de las competencias de la Administración hidráulica de Galicia en la tramitación y seguimiento de la autorización ambiental integrada, y de la simplificación de los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica tramitados por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Y se incluye en la ley un régimen de incentivos para fomentar la implantación de iniciativas empresariales mediante la concesión a las personas promotoras de nuevas inversiones de una subvención cuya fase de pago se materializará a medida que se afronte el abono por el sujeto beneficiario de figuras impositivas autonómicas, y estableciendo a través de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma mecanismos de mejora de la financiación de los ayuntamientos gallegos que incorporen en sus figuras tributarias medidas para facilitar la implantación de iniciativas empresariales.

Por último, se incorporan determinadas modificaciones en la normativa sectorial de Galicia de aplicación a la implantación y desarrollo de las iniciativas empresariales en sectores como el de aprovechamiento de la energía eólica, la actividad minera, y los aprovechamientos madereros. También se introducen modificaciones puntuales en el régimen de las instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos, las cooperativas y el alquiler de viviendas turísticas.

Conexiones normativas:

- Ley 5/1998, de 18 de diciembre , de cooperativas de Galicia: se modifica el apartado 1 del artículo 7, el apartado 3 del artículo 10, los artículos 97 y 98, el apartado 1 del artículo 104, los apartados 2 y 3 del artículo 134, el apartado 2 del artículo 136, el apartado a) del punto 5 del artículo 139, el apartado b) del punto 2 del artículo 141 y el apartado c) del punto 2 de la disposición adicional novena; y se añade un nuevo artículo 7 bis.

- Ley 6/2001, de 29 de junio , de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero , de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común : se modifica el anexo II, «Relación de procedimientos en que el silencio administrativo produce efectos desestimatorios», en el epígrafe correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente.

- Ley 9/2001, de 21 de agosto , de conservación de la naturaleza: se modifica el apartado 2 del artículo 16.

- Ley 6/2003, de 9 de diciembre , de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia: se modifican los epígrafes 01, 03, 05 y 07 del apartado 37 del anexo III, al cual se añade un nuevo epígrafe 08 y un nuevo epígrafe 09.

- Ley 2/2005, de 18 de febrero , de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega: se modifica el apartado 3 del artículo 23.

- Ley 3/2008, de 23 de mayo , de ordenación de la minería de Galicia: se modifican los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 25, el apartado 1 del artículo 26, el artículo 32, los capítulos III y IV del título IV y la disposición adicional segunda; se añade un nuevo apartado e) al punto 2 del artículo 28, una nueva disposición adicional sexta y una nueva disposición adicional séptima; y se deroga el artículo 25 bis.

- Ley 8/2009, de 22 de diciembre , por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental: se modifica el apartado c) del artículo 1, los apartados 5 y 6 del artículo 2, el apartado 2 del artículo 3, el apartado 2 del artículo 12, el artículo 16, los títulos IV, V y VI y la disposición transitoria segunda; se añade una nueva disposición adicional primera, una nueva disposición adicional tercera, una nueva disposición transitoria sexta y una nueva disposición final cuarta; y se derogan el apartado 7 del artículo 2 y la disposición adicional.

- Ley 9/2010, de 4 de noviembre , de aguas de Galicia: se modifica el apartado 3 del artículo 29.

- Ley 7/2011, de 27 de octubre , del turismo de Galicia: se modifica el apartado 3 del artículo 65 bis.

- Ley 7/2012, de 28 de junio , de montes de Galicia: se modifica el apartado 3 del artículo 81, el apartado 2 del artículo 83, el apartado 3 del artículo 84, los artículos 92 y 94, el apartado 3 del artículo 95, el apartado 3 del artículo 104 y el punto 2 del apartado ñ) del artículo 128; y se añade un nuevo artículo 92 bis, una nueva disposición adicional sexta y una nueva disposición adicional séptima.

- Ley 8/2013, de 28 de junio , de carreteras de Galicia: se modifica el apartado g) del punto 1 del artículo 43, el apartado 2 del artículo 47 y el apartado 3 del artículo 66.

- Ley 5/2016, de 4 de mayo , del patrimonio cultural de Galicia: se modifica el apartado 2 del artículo 39 y el apartado a) del punto 2 del artículo 78; y se añade una nueva disposición adicional decimotercera.

- Decreto 59/2013, de 14 de marzo , por el que se desarrolla la Ley 9/2010, de 4 de noviembre , de aguas de Galicia, en materia de ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas: se modifica el apartado 1 del artículo 9.

Quedan expresamente derogadas las siguientes normas:

- Decreto 138/2010, de 5 de agosto, por el que se establece el procedimiento y las condiciones técnico-administrativas para la obtención de las autorizaciones de proyectos de repotenciación de parques eólicos existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

- Decreto 162/2010, de 16 de septiembre , por el que se regulan las entidades colaboradoras de la Administración hidráulica de Galicia en materia de control de vertidos y calidad de las aguas.

- Orden de la Consejería de Innovación e Industria de 7 de septiembre de 2007 sobre avales de acceso a la red de distribución de energía eléctrica.

Entrada en vigor y régimen transitorio

La Ley entra en vigor el 26 de octubre de 2017, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, con la excepción de las medidas de racionalización de los aprovechamientos madereros de carácter comercial, que surtirán efectos en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.
Las disposiciones transitorias se ocupan de los procedimientos integrados en tramitación para la implantación de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos y su puesta en funcionamiento, de la convocatoria de concursos de derechos mineros caducados, de los procedimientos en tramitación de solicitud de cualquier tipo de autorización administrativa de parques eólicos, así como de sus infraestructuras de evacuación, de los plazos para solicitar autorizaciones de explotación o de construcción de parques eólicos y de los compromisos industriales y demás compromisos de las personas titulares de parques eólicos.

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