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03/11/2017 10:37:59 ABOGACÍA 5 minutos

Aragón extiende sus servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos

Comentario a la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón. Serán los Colegios de abogados los encargados de organizar estos servicios, que se prestarán por abogados colegiados en ejercicio.

La Ley de Aragón 9/2017, de 19 de octubre , regula los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos previos al proceso para quienes pretendan reclamar la tutela judicial de sus derechos e intereses, cuando tengan por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión. Los servicios comprendidos en el ámbito de la Ley 9/2017, de 19 de octubre, son el de asistencia y orientación jurídica a inmigrantes, el de asesoramiento jurídico individualizado a mujeres y el de orientación y asistencia jurídica penitenciaria, que completan las prestaciones de la asistencia jurídica gratuita definida en la legislación nacional. 

Ámbito de aplicación

Los servicios comprendidos en el ámbito de esta ley son el Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica a Inmigrantes, el Servicio de Asesoramiento Jurídico Individualizado a Mujeres y el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria. Con ello se completan las prestaciones que se incluyen en el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita definida en la legislación nacional, con el fin de integrar dentro del derecho de asistencia jurídica gratuita una serie de servicios de asesoramiento y orientación jurídicos para dotar a la justicia gratuita de cierto grado de universalidad.
Estos servicios son necesarios para que todos los ciudadanos, y en especial aquellos que carecen de recursos para litigar, puedan acceder a una asistencia y orientación jurídica previas al litigio en los Tribunales sin necesidad de realizar un desembolso.
Dado que ya vienen prestándose por los Colegios de Abogados, se considera necesario dotarles de un marco legal para que sigan haciéndolo con la adecuada garantía y solvencia profesional. Serán dichos Colegios los encargados de regularlos y organizarlos a través de sus Juntas de Gobierno, y serán prestados por abogados colegiados en ejercicio y adscritos a tales servicios y con acreditada experiencia y formación especializadas.
Se entiende como asesoramiento y orientación jurídicos las consultas y tramitaciones jurídicas y administrativas, las cuales, en todo caso, deberán ser anteriores, distintas o independientes de cualquier procedimiento judicial en que la intervención de letrado sea preceptiva. Se excluyen aquellos servicios que requieran intervención preceptiva de letrado, desde el momento en que se manifieste tal necesidad.

Beneficiarios

Tienen derecho a ellos los inmigrantes que se hallen en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren en situación de riesgo de exclusión social, las mujeres residentes en Aragón, incluyéndose expresamente en este derecho los servicios previstos en la Ley 4/2007, de 22 de marzo , de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón, y los internos recluidos en centros penitenciarios situados en esta Comunidad Autónoma, sin recursos económicos suficientes, y los menores de edad internos en centros de reforma ubicados en Aragón.
Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica para Inmigrantes
Consiste en un Servicio de consultas y tramitación jurídica para inmigrantes sobre derecho de extranjería, derecho migratorio y de protección internacional, para todo trámite administrativo con aplicación de la normativa reguladora de extranjería, así como para cualesquiera de sus recursos en vía administrativa y cualquier otra tramitación administrativa que se deban realizar en la Comunidad Autónoma de Aragón en orden a garantizar su protección jurídica como ciudadanos. Incluye los servicios de asesoramiento y la tramitación de asuntos relacionados con menores extranjeros desde el momento en que sean tutelados por la Administración de la Comunidad Autónoma.

Servicio de Asesoramiento Jurídico Individualizado a Mujeres

Incluye la orientación jurídica puntual y gratuita en los temas que la solicitante plantee, así como la formación necesaria y el apoyo preciso para la realización de los trámites de solicitud para la asistencia jurídica gratuita. Conlleva también la organización de un servicio de turno de guardia especial en todos los partidos judiciales de Aragón para asesorar a la mujer víctima de cualquier violencia desde el momento previo a la interposición de la denuncia o querella. Se excluye expresamente del ámbito de actuación de los letrados que prestan este servicio la tramitación directa de asuntos, la redacción de cualquier tipo de documento o la recomendación de profesionales.
Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria
Facilita información, orientación y asistencia jurídica sobre legislación penitenciaria, régimen disciplinario, cumplimiento de penas y medidas judiciales y derechos en general a todos los reclusos que se encuentren internos en los centros penitenciarios situados en Aragón, así como a los menores de edad internados en centros de reforma ubicados en esta Comunidad Autónoma. También orientará sobre situaciones de carácter jurídico que pudieran dar lugar a designación de letrado del turno de oficio en los ámbitos civil, laboral y administrativo, y facilitará la designación de abogados por el turno de oficio cuando ésta no haya sido automática y mejorar la comunicación con los abogados de oficio ya designados cuando esta no hubiera sido posible.
La norma incorpora el procedimiento de realización de cada uno de estos Servicios.

Entrada en vigor

La Ley entra en vigor el 30 de noviembre de 2017, al mes de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Aquellos Servicios que tengan contrato en vigor con algún departamento del Gobierno de Aragón seguirán ejecutándose durante el plazo acordado hasta que finalice su vigencia, sin la posibilidad de aplicar prórroga alguna. Aquellos que estuvieran en periodo de prórroga finalizarán esta sin que se les pueda acordar otra prórroga suplementaria.

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