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10/05/2019 12:51:59 EDUARDO ROMERO LABORAL 4 minutos

El acoso moral de empresa a juicio con el polémico caso de los suicidios en France Télecom

Altos cargos de la empresa, actualmente Orange, se enfrentan a penas de prisión por acoso psicológico. Decenas de empleados se suicidaron debido a las presiones a las que eran sometidos para forzar su despido.

Eduardo Romero.- France Télecom irá a juicio tras una epidemia de suicidios en el ámbito laboral. La entidad de telecomunicaciones, conocida como Orange desde el año 2013, tendrá que hacer frente a los tribunales en un juicio por violencia empresarial, diez años después de que una oleada de trabajadores de la entidad se quitasen la vida, siendo la primera empresa del CAC 40 que se enfrenta a estas acusaciones.

Hasta un total de siete directivos tomarán el papel de acusados por acoso psicológico en un proceso que comenzó el pasado lunes en el Tribunal Correccional de París, donde harán acto de presencia como testigos en torno a cincuenta personas, pudiéndose alargar la duración del mismo hasta un total de más de dos meses. 

Oleada de suicidios

Entre los años 2007 y 2010, más de una treintena de trabajadores cometieron suicidio por el deterioro laboral en la compañía que por aquel entonces dirigía Didier Lombard, uno de los acusados, que en 2010 cedió su puesto al número 2 de la compañía Stéphane Richard, actual CEO. El cambio llegó apenas unas semanas antes de que la mercantil anunciase su proyecto de expansión de red a lo largo de toda Francia.

Todo el proceso derivó principalmente de la privatización de la compañía. Gran parte de los 120 mil empleados contaban con unas férreas condiciones laborales que dificultaban su despido, siendo el objetivo de la entidad lograr más de 20 mil. Por ello, se adoptó una medida de acoso intenso a los empleados que, en las ocasiones más extrema, desembocó en los polémicos casos de suicidio entre los que se registran ahorcamientos e incluso inmolaciones.

En encuestas publicadas a las que pudo acceder El País, se revelaba el descontento de más de 80 mil empleados ante las denominadas “políticas del mánager del terror”, una reorganización de los trabajadores masiva que implicaban traslados arbitrarios y fulminantes de empleados a distintos sectores de la empresa, siendo obligados a cambiar a otra región del país galo para intentar forzar su despido. "Había directivos cuya misión era la de que se jubilara gente, con lo que emprendían una política de acoso al trabajador. Eso generaba, claro, mucho estrés", podía leerse en el medio en declaraciones del año 2009.

Código Penal Francés

Aunque ha quedado descartada la comisión de un homicidio imprudente, los directivos podrían enfrentarse a penas de prisión y elevadas multas. Así lo recoge el Código Penal francés, que en su artículo 222-33-2 establece que “El hecho de acosar a otro mediante actuaciones repetidas que tengan por objeto o por efecto una degradación de las condiciones de trabajo susceptible de atentar a sus derechos y a su dignidad, de alterar su salud psíquica o mental o de comprometer su futuro profesional, será castigado con un año de prisión y multa de 15.000 euros”.

Las declaraciones de Lombard tampoco han ayudado a extinguir las llamas. El directivo galo declaró en el pasado que los despidos “se harán de una forma u otra, por la ventana o por la puerta”, así como referirse a los suicidios como una “moda”, declaraciones que este pasado martes quiso matizar al haberse querido referir al término inglés mood como ambiente y no moda.

Nuevo precedente en la reorganización empresarial

El proceso ya ha dado comienzo y su resultado puede ser esclarecedor en el ámbito empresarial. Con cientos de sociedades inmersas en procesos de reorganización y modernización de su personal, el resultado del juicio podría sentar un nuevo precedente.

"Este enfoque colectivo del acoso moral no tiene precedentes", confirma Loïc Lerouge según el medio francés Les Echos, investigador del CNRS. "Este caso tiene un impacto global y genera una gran expectación. Francia es el primer país en perseguir a una empresa en un proceso penal por la relación entre organización del trabajo, enfermedad y suicidio. Hay cuestiones importantes en juego en este juicio con respecto al precedente que sentará”.
Entidades estatutarias como Air France, Renault o Pôle emploi, sufriendo esta última una oleada similar de suicidios entre 2009 y 2012, podrían ser algunas de las mayores afectadas por el dictamen final, dada su compleja organización regional.

Suicidio laboral en España

Según el artículo 156.1 de la Ley General de la Seguridad Social, se considera accidente de trabajo “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”. De esta forma, podemos deducir que los elementos del accidente de trabajo son tres: la lesión, el trabajo por cuenta ajena y el nexo causal entre ambas (STSJ Canarias de 8 de octubre de 2008).

Concretamente, la corriente jurisprudencial ha considerado al suicidio como accidente laboral siempre que la situación se hubiese generado a partir del trabajo, como pueden ser situaciones de estrés o ansiedad ((STSJ del País Vasco de 17 de diciembre de 2012). Incluso ha llegado a considerarse como laboral el suicidio acontecido durante una situación de incapacidad temporal (sentencia de TSJ de Cataluña de 3 de noviembre de 2000). Lo que se viene exigiendo, en esencia, es el nexo causal evidente entre el suicido y el trabajo. 
 

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