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26/06/2019 10:01:50 COMPETENCIA DESLEAL 4 minutos

La CNMC multa a Endesa: 5,5 millones de euros por falseamiento de la competencia y actos desleales con consumidores domésticos

Endesa habría estado emitiendo facturas con publicidades ilegales para redirigir a consumidores domésticos de forma desleal y contraria a la buena fe a un servicio de calefacción del mismo grupo, pero gestionado por otra mercantil en un mercado no regulado.

La CNMC ha multado a Endesa, otra vez. Tras dos años de expediente, el máximo órgano regulador de la competencia a nivel nacional ha decidido sancionar a la mercantil con una multa de 5,5 millones de euros por falsear la competencia y realizar actos desleales contrarios a la Ley de Competencia Desleal (LCD) y a la buena fe.  

La conducta sancionada ha consistido en emitir publicidades en la factura de consumidores domésticos de electricidad y gas natural, sector donde Endesa opera como distribuidor regulado, atado a fuertes normas de protección para los consumidores domésticos, los más vulnerables. 

Endesa habría incurrido en un acto desleal al intentar atraer a estos consumidores a un sistema de ahorro ajeno al mercado regulado y de protección a través de una oferta de ahorro por un servicio de calefacción. De esta manera los consumidores accedían a ofertas de precios no limitados a pesar de considerarse amparados por su condición de protegidos y estar bajo el régimen de protección de bono social o de la antigua Tarifa de Último Recurso eléctrica (TUR, actual PVPC).

Endesa utilizaba así una vía de publicidad privilegiada de la que no disponían los competidores, distorsionando el comportamiento económico del consumidor, “mermando” su capacidad para adoptar una decisión “con pleno conocimiento de causa” y haciéndole tomar decisiones que de otra forma no hubiese tomado, según indica el expediente. 

El comportamiento se habría producido entre las campañas para el invierno entre los años 2012 y 2014. En total, el órgano de competencia estima que 6 millones de facturas con publicidad desleal habrían sido emitidas a clientes protegidos, un alcance del 70 por ciento de los clientes de la empresa. 

¿Qué ha hecho mal Endesa?

Los consumidores domésticos utilizan la factura como principal vía de comunicación con la suministradora. Es por ello que, a ojos de la Comisión, resulta especialmente grave introducir en en ella publicidades y redirecciones a servicios ajenos al contratado. 

La Comisión constata la intención de Endesa de aprovecharse de la vulnerabilidad de estos consumidores. La publicidad en la factura inducía, de forma falsa, que los servicios ofertados también se regían por el sistema de protección de último recurso o referencia, cuando en realidad el servicio ofertado se daba desde otra mercantil, la comercializadora libre de Endesa, Endesa XXI, que opera en un mercado no regulado. 

Así, la Comisión concluye que Endesa aprovechó la vulnerabilidad del colectivo para redirigirlo a otro mercado de forma contraria a la buena fe. Se aprovechó de “la confusión y el escaso conocimiento del consumidor doméstico medio", dicta la resolución, para redirigirlo a un sector no limitado, vulnerando el artículo 4 de la LCD.

Por ello concluye: Endesa XXI "era consciente de la vulnerabilidad de dichos consumidores y que su conducta era susceptible de distorsionar de forma significativa su comportamiento”.

Segunda multa por alterar el mercado

La nueva sanción a Endesa se suma a la reciente multa recibida para la eléctrica en mayo de este mismo año, de 5,8 millones de euros por alterar el mercado de la electricidad con precios “anormales y desproporcionados” y por encima de su coste marginal. La conducta se habría producido entre octubre de 2016 y enero de 2017. 

Estos precios “impidieron la programación de las centrales en el mercado diario durante varios días en este periodo, a pesar del contexto generalizado de precios elevados que debería haber conducido justo a la situación contraria”, explicó la Comisión. 

Endesa también fue multada, aunque con menor cuantía, en marzo de 2019 por la CNMC por 300.000 euros por dar de alta a un cliente sin su permiso. El usuario era beneficiario del bono social y de la antigua Tarifa de Último Recurso eléctrica (TUR, actual PVPC), el mismo programa al que estaban inscritos los consumidores que recibían las publicidades ahora consideradas ilegales. 

Así, Endesa habría arrastrado al cliente sin su consentimiento al mercado libre desde el mercado regulado, en el que consumía a través de Endesa XXI. El cliente pasó un año en el mercado libre sin los beneficios ni del programa regulado ni del bono social, situación que denunció una asociación de consumidores, que provocó la apertura del expediente sancionador. 

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