Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
11/05/2021 15:27:41 REDACCIÓN LEGISLACIÓN 2 minutos

Ley 3/2021: Castilla y León bonifica al 99% el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La región aplica una práctica eliminación del impuesto para los familiares directos

Ley 3/2021: Castilla y León bonifica al 99% el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La Ley 3/2021, de 3 de mayo tiene como objetivo principal reducir el coste fiscal derivado de las donaciones y sucesiones de bienes y derechos entre cónyuges, descendientes y ascendientes, con la finalidad de ayudar al relevo intergeneracional empresarial y al emprendimiento:

— en las transmisiones lucrativas «mortis causa», se pretende que el patrimonio acumulado con años de esfuerzo por una familia no sea objeto de una nueva imposición.

— en las transmisiones lucrativas «inter vivos», se pretende favorecer la transmisión de bienes y derechos entre familiares directos, para que la ayuda económica llegue en vida a las familias.

Con las modificaciones introducidas por la Ley 3/2021 en el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre se llegará a la práctica eliminación del ISD para los familiares directos.

Sucesiones

Nuevo art. 17.bis del TR: bonificación del 99 % de la cuota íntegra en adquisiciones «mortis causa» (art. 1)

Se añade un nuevo art. 17.bis en el Texto Refundido, estableciendo una bonificación del 99 % de la cuota íntegra del ISD en aquellas adquisiciones lucrativas «mortis causa» y cantidades percibidas de seguros de vida, que realice el cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes.

Donaciones

Nuevo art. 20.bis del TR: bonificación del 99 % de la cuota íntegra en adquisiciones «inter vivos» (art. 2)

Se añade un nuevo art. 20.bis en el Texto Refundido, estableciendo una bonificación del 99 % de la cuota íntegra del ISD en aquellas adquisiciones lucrativas «inter vivos» formalizadas en documento público, que realice el cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes, debiéndose justificar y hacer constar su origen cuando la donación sea en metálico.

Te recomendamos