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26/01/2024 12:09:19 REDACCIÓN ABUSO POSICIÓN DOMINIO 2 minutos

La Audiencia Nacional anula una multa de 2,9 millones a SGAE impuesta por la CNMC

La Sala consideró que, en el año 2018, la Sociedad General de Autores y Editores no ostentaba posición de dominio en el mercado relevante de gestión de colectiva de derechos de propiedad intelectual de autores y editores de obras audiovisuales

La Audiencia Nacional anula una multa de 2,9 millones a SGAE impuesta por la CNMC

La Audiencia Nacional ha estimado el recurso contencioso interpuesto por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y ha anulado la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que le impuso una sanción de 2.949.660 euros por abuso de su posición de dominio en los mercados de gestión colectiva y explotación de los derechos de propiedad intelectual de autores y editores de obras audiovisuales y musicales.

Los hechos de la sentencia indican que el procedimiento sancionador comenzó en octubre de 2017 tras las denuncias formuladas por dos entidades gestoras de derechos de propiedad intelectual, en concreto, Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y Unison Rights.

La CNMC sancionó a SGAE por la comisión de una infracción única y continuada del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) por conductas que abarcarían desde el año 2016 hasta, al menos, el 11 de diciembre de 2018. 

La sentencia explica que, en lo que respecta al mercado de gestión de los derechos de propiedad intelectual de autores y editores de obras audiovisuales y de obras musicales, la resolución de Competencia refiere que, en el mercado de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual de obras audiovisuales, la SGAE mostró una posición de dominio hasta, al menos, el año 2018, cuando DAMA pasó a gestionar un porcentaje representativo del repertorio audiovisual. Hasta la emisión de la propuesta de resolución, además de la SGAE, operaba DAMA como entidad de gestión colectiva autorizada, por lo que, existía una situación competitiva de duopolio.

Asimismo, la misma resolución reseña que DAMA incrementó su presencia en este mercado de manera continuada desde su creación en 1999, pues su cuota de mercado, que se había mantenido más o menos estable entre 2013 y 2017, dio un gran salto en 2018, al pasar de un 10-20% a una cuota del 40-70% como consecuencia del trasvase en la gestión de los derechos de los principales autores y editores de Reino Unido y Estados Unidos de la SGAE a DAMA.

Partiendo de estos datos, la Sala ha concluido que en el año 2018 la SGAE no ostentaba posición de dominio en el mercado relevante de gestión de colectiva de derechos de propiedad intelectual de autores y editores de obras audiovisuales, "por lo que falta el presupuesto básico para la comisión de la infracción en todo el periodo temporal considerado en el mercado relevante considerado". 

Por tal motivo, la Audiencia Nacional ha estimado el recurso y ha anulado la resolución de la CNMC impugnada, sin entrar a examinar el resto de los motivos reclamados.
 

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