La directiva revisada incorpora estándares internacionales en la legislación de la UE, garantizando que los responsables de vertidos ilegales de sustancias contaminantes estén sujetos a sanciones disuasorias, efectivas y proporcionadas para mejorar la seguridad marítima y proteger mejor el medio marino de la contaminación causada por los buques.
En general, dotará a la UE de herramientas modernas para apoyar el transporte marítimo limpio, alineando las normas de la UE con las normas internacionales y garantizando la igualdad de condiciones para el sector marítimo, al tiempo que mejorará la implementación y el cumplimiento a través de un marco de cooperación mejorado entre las autoridades europeas y nacionales.
Acuerdo provisional
El acuerdo provisional debe ser aprobado por ambos colegisladores antes de la adopción formal de su adopción formal en el Parlamento Europeo y el Consejo. Los Estados miembro tendrán 30 meses después de la entrada en vigor de la directiva revisada para transponer sus disposiciones a su legislación nacional.
La revisión ampliará el ámbito de aplicación de la directiva actual para cubrir los vertidos ilegales de sustancias nocivas envasadas, las aguas residuales, la basura y las aguas y residuos vertidos y separará el régimen de sanciones administrativas del régimen de sanciones penales consagrado en el nuevo proyecto de directiva sobre delitos medioambientales.
Asimismo, establecerá un marco jurídico reforzado para las sanciones y su aplicación efectiva que permita a las autoridades nacionales garantizar una imposición disuasoria y coherente de sanciones a los incidentes de contaminación procedente de buques en todos los mares europeos.