La Generalitar de Cataluña ha concluido el Proyecto de Ley para modificar el Código Civil catalán, introduciendo la figura de asistencia, que otorga mayor autonomía jurídica a las personas con discapacidad. Así lo ha anunciado la portavoz, Sílvia Paneque, en la rueda de prensa posterior al Consell Executiu.
La tramitación del Proyecto de Ley comenzará en el Parlament de Catalunya, con el objetivo de reemplazar las figuras de tutela y curatela por un modelo más respetuoso que tenga en cuenta las voluntades y preferencias de las personas con discapacidad.
Una vez aprobado, el proyecto permitirá reformar el título II del libro segundo del Código Civil de Catalunya, adaptándose así a la Convención de Nueva York de 2006, que aboga por suprimir la incapacitación y las figuras de tutela en favor de un modelo que prioriza la voluntad de la persona.
La persona toma sus propias decisiones
La introducción de esta figura representa un cambio significativo respecto al Código Civil español, el cual aún mantiene la figura de la curatela para adultos. Este nuevo enfoque busca que las personas adultas tomen sus propias decisiones con apoyo y que, solo en circunstancias excepcionales, el asistente actúe en su nombre.
Este soporte incluye ayuda en la toma de decisiones en diversos ámbitos, sin reemplazar a la persona interesada, aplicándose en situaciones como la venta de propiedades, la solicitud de hipotecas, la gestión de finanzas domésticas o las gestiones diarias.
El proyecto de ley establece la posibilidad de brindar apoyos no formalizados (sin necesidad de intervención legal), poderes preventivos y asistencia para que las personas adultas puedan actuar en sus asuntos personales y patrimoniales, especialmente cuando enfrenten barreras cognitivas o actitudinales que dificulten su toma de decisiones.
Tipos de apoyos
Los apoyos no formalizados refuerzan el entorno familiar y comunitario sin requerir intervención legal, mientras que los apoyos formales se materializan a través de vías legales, permitiendo la constitución mediante notariado y no sólo por medio judicial. Esto contribuirá a descongestionar la justicia, aunque en ambos casos se exigirá la valoración de un médico sobre las necesidades del individuo.
El apoyo preventivo permite que la propia persona designe a alguien que tome decisiones en su nombre para el futuro, como podría ser el caso de pacientes en las primeras etapas de Alzheimer.
El aspecto más destacado de esta iniciativa es la figura de la asistencia, un apoyo formal que facilita la acción de la persona con efectos jurídicos y que puede establecerse tanto mediante resolución judicial como escritura pública. En este contexto, la persona afectada continúa tomando las decisiones.
Dependiendo de cada situación, el asistente puede desempeñar el papel de acompañante, ayudando en la toma de decisiones, sin sustituir a la persona; en otros casos de cooperación, se requerirá el consentimiento del asistente para decisiones importantes, como la venta de una propiedad; y en situaciones de representación, el asistente puede actuar en nombre de la persona en cuestiones específicas, siempre con la debida autorización ya sea judicial o notarial.