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25/04/2011 05:21:00 Consejo de Ministros IRPF 2 minutos

El Gobierno acuerda ampliar la deducción en el IRPF por la rehabilitación de viviendas

Se amplía el objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, y el tipo de la deducción pasa del 10% al 20%.

El vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, especificó, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que "hemos acordado una modificación de un Decreto Ley que aprobamos hace unos meses, en relación con la rehabilitación de viviendas".

La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se aprobó en Real Decreto Ley de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo, derivado de los llamados Pactos de Zurbano, aprobado por el Consejo de Ministros el 9 de abril de 2010.

"Lo que hemos hecho", declaró el vicepresidente primero, "es aprobar la modificación de ese Decreto Ley para introducir modificaciones del IRPF y entendemos que la medida es buena para crear empleo". Pérez Rubalcaba señaló que esta modificación se integrará en el Decreto Ley que recoge el plan de afloramiento de empleo.

Entre las modificaciones figuran:

  • La ampliación del objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.
  • La elevación del tipo de la deducción del 10% original al 20%
  • La ampliación del límite máximo de renta que impide beneficiarse de este incentivo fiscal. Se establece que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta progresivamente hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros. (En la redacción del Real Decreto Ley de abril de 2010 estos límites eran de 33.007,20 euros y 53.007,20 euros, respectivamente).
  • La elevación del límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros.
  • El aumento del límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 euros.

El vicepresidente primero también mencionó un informe de la vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva. Se trata de una transposición de la Directiva europea sobre organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios.

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