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29/08/2011 04:05:00 Ministerio de Justicia EMBARGO DE BUQUES 1 minuto

El Gobierno aprueba un Real Decreto-Ley para aplicar el convenio sobre embargo de buques de 1999 a aquellos países que no lo han firmado

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado un Real Decreto-Ley por el cual se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para la aplicación del Convenio Internacional sobre embargo preventivo de buques de 1999.

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado un Real Decreto-Ley por el cual se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para la aplicación del Convenio Internacional sobre embargo preventivo de buques de 1999.

El objeto de la norma es que el Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques, hecho en Ginebra el 12 de marzo de 1999, y al que se han adherido o ha sido ratificado por los estados de Albania, Argelia, Benín, Bulgaria, Ecuador, Estonia, Letonia, Liberia y República Árabe Siria, además de España, sea extensivo a aquellos buques de países que formaban parte del anterior convenio de 1952 y permita su embargo en iguales términos a los previstos en la vigente normativa.

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