Además se recuerda que las entidades de crédito y aseguradoras quedan excluidas de la aplicación de esta limitación. Si estas entidades forman parte de un grupo de consolidación fiscal, tampoco se verá afectado el resto de entidades integrantes del grupo respecto del endeudamiento que se genera con las propias entidades de crédito que forman parte del mismo, como ocurre con la gran mayoría de inmobiliarias filiales de las entidades de crédito.
Por otra parte, las entidades concesionarias que contabilizan las concesiones como activos financieros minorarán los gastos financieros con los ingresos financieros del ejercicio, aun cuando constituyan sus ingresos ordinarios, toda vez que estas operaciones tienen un marcado carácter financiero.