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21/12/2012 08:09:00 Congreso de los diputados Aprobación de leyes 3 minutos

Aprobación por el Congreso de dos leyes

El Congreso ha aprobado la Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética y la Ley de medidas tributarias para la consolidación de las finanzas públicas.

Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética con X votos a favor, X en contra y X abstenciones.

La Cámara ha aprobado las enmiendas incorporadas por el Senado al texto remitido en su día por el Congreso de los Diputados, salvo las relativas al artículo 15 y la nueva disposición adicional tercera, con lo que concluye así la tramitación parlamentaria de esta iniciativa y queda lista para su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Esta Ley, defendida en su momento ante la Cámara Baja por el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, tiene como objetivo armonizar nuestro sistema fiscal con un uso más eficiente y respetuoso con el medioambiente y la sostenibilidad, valores que inspiran esta reforma de la fiscalidad, y como tal en línea con los principios básicos que rigen la política fiscal, energética, y por supuesto ambiental de la Unión Europea.

La presente norma, argumenta el Ejecutivo, contribuye además a la integración de las políticas medioambientales en nuestro sistema tributario, en el cual tienen cabida tanto tributos específicamente ambientales, como la posibilidad de incorporar el elemento ambiental en otros tributos ya existentes.

A tal fin, se regulan tres nuevos impuestos: el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas.

Además, se crea un canon por utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica; se modifican los tipos impositivos establecidos para el gas natural y el carbón, suprimiéndose además las exenciones previstas para los productos energéticos utilizados en la producción de energía eléctrica y en la cogeneración de electricidad y calor útil.

Ley de medidas tributarias para la consolidación de las finanzas públicas.

El Pleno del Congreso ha aprobado la Ley por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, que culmina así su tramitación parlamentaria y entrará en vigor una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado.

El Congreso ha ratificado todas las enmiendas del Senado, salvo la que incorpora la expresión "y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito" en el segundo párrafo de l anueva Disposición Adicional Tercera, que quedó rechazada y se retira, por tanto, del texto definitivo.

En materia inmobiliaria, dicha ley suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de 2013. No obstante, se establece un régimen transito­rio para todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes de 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual.

También se fija un gravamen del 20 por ciento sobre las apuestas y loterías organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por las Comunidades Autónomas, y de los sorteos organizados por la Cruz Roja y la ONCE, dejando exentos del mismo aquellos premios inferiores a 2.500 ?.

Además, tal y como recoge el texto, se prorroga durante el ejercicio 2013 la vigen­cia del Impuesto sobre el Patrimonio, restablecido con carácter temporal para los años 2011 y 2012, y se elimina la deducción por amortización a las grandes empresas.Las enmiendas del Senado ratificadas en el Pleno de hoy establecen, entre otras modificaciones, un incremento de la tributación de las indemnizaciones más altas por extinción de relación laboral, la creación de un impuesto sobre depósitos de clientes en entidades de crédito a tipo cero, o la flexibilización de los criterios específicos que permiten la aplicación del régimen fiscal especial de arrendamiento de viviendas.

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