El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha comparecido ante el Pleno del Congreso, donde dejó constancia de que él, como ministro de Justicia, jamás ha realizado actuación alguna dirigida a controlar al Consejo Fiscal y que, tampoco, lo hará en el futuro. “No continuaré pues, lo que no he comenzado”, indicó.
Fernández Bermejo respondía así a la pregunta del diputado del Grupo Popular, Rafael Hernando Fraile, formulada bajo el título: “¿Va a continuar el ministro con sus intentos de someter al Consejo Fiscal?”
En este sentido, Fernández Bermejo manifestó que se trata de una acusación falsa, pues da por sentado que él ya ha intentado “someter” al Consejo Fiscal, lo que no puede, por menos, que negar, y que esta actitud tampoco figurará en su comportamiento futuro.
Asimismo, significó que el Proyecto de Ley por el se modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal aumenta las atribuciones que actualmente tiene el Consejo Fiscal. Así, el Fiscal General del Estado, oído el Consejo Fiscal, podrá proponer al ministro de Justicia la constitución de Fiscalías de área.
También puso de manifiesto que en la Inspección Fiscal se creará una sección permanente de valoración, que centralizará toda la información sobre méritos y capacidad de los Fiscales, con la finalidad de apoyar al Consejo Fiscal a la hora de informar de las diferentes propuestas de nombramientos discrecionales en la Carrera Fiscal, y se dotará de una nueva facultad del Consejo Fiscal: dirigir al Fiscal General del Estado cuantas peticiones y solicitudes relativas a su competencia se consideren oportunas.
En su respuesta, Fernández Bermejo aseguró que al Grupo Popular le preocupa más bien poco la regulación que se haga del Consejo Fiscal, “lo que les disgusta, desazona e irrita –añadió- son otras modificaciones, como la autonomía del Ministerio Fiscal, que, por cierto, el Gobierno del Partido Popular nunca respetó”.
Además, el ministro aclaró que la enmienda propuesta por el Grupo Socialista en el Senado al Proyecto de Ley responde a la fijación en la ley de la que viene siendo una jurisprudencia dictada por el propio TS, en las sentencias de 13/4/1998 y 21/3/2000.
Según estas sentencias, la sala corrobora que la controvertida exigencia de conformidad de la propuesta del Fiscal General del Estado, con los informes del Consejo para los ascensos, lo es exclusivamente para los criterios de legalidad y no para los discrecionales o de oportunidad. “Con ello –recalcó el ministro- no se pretende sometimiento alguno, sino que se pretende consolidar en términos legales la interpretación jurisprudencial que, desde el año 1998, se viene aplicando y que, entre otros, se aplicó al nombramiento del Fiscal Eduardo Fungairiño, con el voto en contra de los 36 miembros del Consejo Fiscal, en tres votaciones consecutivas”.
Nombramiento de los fiscales de sala
El ministro de Justicia también respondió a una pregunta del diputado popular, Alejandro Ballestero de Diego, quién le interrogó si considera que el nombramiento de los fiscales de sala sin tener en cuenta la opinión del Consejo Fiscal contribuye a reforzar el Estado de Derecho.
Para Fernández Bermejo, es evidente que el Fiscal General del Estado habrá de oír al Consejo Fiscal, tanto en nombramientos como ascensos “Pues como dice el TS –indicó el ministro-, el Consejo Fiscal es un órgano de asesoramiento y asistencia, y el Fiscal General del Estado está vinculado a dicho informe, en cuanto se refiera a criterios reglados para el ascenso. De manera que dicho informe condiciona, exclusivamente, la propuesta que ha de llevar el Gobierno en lo relativo a estos criterios”.
El ministro recordó, al diputado popular, el Real Decreto, aprobado el 30 de mayo de 1997, por el que se promovió a la categoría de Fiscal de Sala a un fiscal sin contar para ello con la conformidad del Consejo Fiscal. Esta decisión se recurrió, y la Sala Tercera desestimó los recursos. Desde entonces, nadie ha cuestionado la interpretación del Tribunal Supremo, estableciendo que, pese a la redacción de la norma, los informes del Consejo en materia de ascensos no son vinculantes. Esa interpretación no se ha replanteado, indicó Fernández Bermejo.
“Hemos aprovechado –añadió el ministro- la reforma del Proyecto para optar por aquella solución que está a nuestro alcance: acomodar la ley a la jurisprudencia, y ésta es la justificación que se da a la redacción que se propone”.