El Tribunal Constitucional ha rechazado la tramitación del recurso de la Generalitat valenciana contra el Estatuto andaluz por "extravagante" y "ajena" a su jurisdicción, ya que únicamente cuestiona la "incongruencia" entre el texto catalán y el andaluz en materia de financiación.
En el auto del Tribunal del 12 de julio se reprocha que "no cuestione la inconstitucionalidad del precepto recurrido, sino su incongruencia" respecto al Estatut catalán. Y es que, mientras que el andaluz opta por un sistema de financiación basado en la población, el catalán considera el peso del PIB regional en el nacional.
La Generalitat hace dos "precisiones" en su demanda. La primera, que es "mucho más adecuado" el uso de la variable poblacional, y la segunda, que "se adopte la variable que se adopte, ésta debe ser la misma en todos los estatutos, so pena de que éstos caigan en una contradicción y, por ende, arbitrarios".
Para el tribunal, sin embargo, esta petición ni siquiera "precisa el precepto constitucional que se considera infringido", por lo que la demanda resulta "extravagante y ajena a la jurisdicción constitucional".