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27/08/2007 04:07:00 Consejo de Ministros JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 2 minutos

Justicia separa los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Ferrol (A Coruña) para aumentar su eficacia

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, un Real Decreto por el que se establece la separación de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción en el partido judicial de Ferrol (A Coruña).

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, un Real Decreto por el que se establece la separación de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción en el partido judicial de Ferrol (A Coruña).

Esta decisión, que se hará efectiva el día 1 de enero de 2008, se ha tomado a propuesta del Consejo General del Poder Judicial con el informe previo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este organismo ha considerado que este partido judicial tiene el número de órganos que aconseja la división.

La nueva distribución establece que los actuales 7 juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Ferrol se convertirán en 4 Juzgados de Primera Instancia y 3 de Instrucción.

Supondrá un coste total de 6.755,04 euros, en concepto de complemento de “penosidad”, para los cuatro Secretarios Judiciales destinados en los nuevos 4 Juzgados de Primera Instancia.

Se pretende, así, una mayor eficacia en la tramitación y resolución de asuntos, teniendo en cuenta además que, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha producido un cambio importante en estos juzgados, al exigir al juez un nuevo papel en el proceso.

La especialización también es necesaria en los juzgados de Instrucción, tras la modificación del proceso penal por las reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que incluye lo referente a los juicios rápidos. A ello se añade la entrada en vigor de la Ley Integral contra la Violencia de Género.

Será el nuevo Juzgado de Instrucción número 2 de Ferrol (antes juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6) el que compatibilizará las materias que se recogen en la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género con las del resto del orden jurisdiccional penal dentro de su partido judicial.

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