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09/10/2007 05:32:00 Redacción NJ DISCAPACITADOS 2 minutos

El Senado aprobará la Ley de Lenguas de Signos Españolas

El Proyecto de Ley, que por el que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, se encuentra en su recta final. La iniciativa estaba prevista en la Ley 5/2003, de 3 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, que establecía un plazo de dos años para regular esta cuestión.

El Proyecto de Ley por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, aprobado por unanimidad por el Pleno del Congreso, y tras las enmiendas del Senado, será aprobado está semana en la Cámara Alta.

La norma, que establece las garantías legales para el acceso a la comunicación de este colectivo, tiene un carácter transversal ya que incide en ámbitos como la educación, sanidad, Administración, cultura y medios de comunicación.

El texto reconoce el carácter de las lenguas de signos españolas, siendo las propias de las personas sordas y sordociegas que han optado por esta modalidad lingüística, y que no obstante no han tenido el reconocimiento, ni el desarrollo que les corresponde, a pesar de que numerosas investigaciones llevadas a cabo en el ámbito nacional e internacional han puesto de manifiesto que las lenguas de signos cumplen todos los requisitos de una lengua natural y poseen unas características gramaticales, sintácticas y léxicas propias.

Varios Estatutos de Autonomía reconocen la importancia de las lenguas de signos, si bien era necesario un reconocimiento en el conjunto del Estado y su anclaje en el sistema educativo, a través del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española, órgano consultivo de enlace con las Universidades, del que formarán parte las entidades representativas de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas y de sus familias.

La Ley también contempla la lengua de signos catalana, reconocida por el Parlamento de Catalunya así como por algunas Universidades catalanas, que ofrecen un programa de postgrado de «experto en interpretación de lengua de signos catalana», cuya dimensión profesional está garantizada a efectos laborales. Además, en el año 2005 apareció la primera «Gramática básica de lengua de signos catalana» y existe, además, una amplia bibliografía científica de gran valor lingüístico sobre la misma. Finalmente, en el año 2006, el Estatuto de Autonomía de Cataluña realizó un reconocimiento de la lengua de signos catalana.

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